Ejemplo del reparto de dividendos
Para que te hagas una idea te ponemos un ejemplo:
Si en la Junta General con fecha 20/06/2017 se acuerda el reparto de unos dividendos por valor de 100.000 € y el capital de la sociedad está dividido entre 3 socios con las siguientes características:
Socio 1: persona física, participación del 50%
El socio 2: persona jurídica, participación 4%
Socio 3: persona jurídica participación 46% y acredita mediante certificado que está exenta de retención.
A Socio 1 y Socio 2 se le practica la retención del 19 %, pero a Socio 3 no se le practica retención. De esta forma se os presentaría el siguiente escenario:
Tendríais el siguiente escenario:
¿Cuando se ingresa la retención?
La retención tiene que declararse en la liquidación de renta en la que el dividendo es exigible.
Importante: se ha de tener en cuenta la fecha en la que deba cobrarse el dividendo, a pesar de que ese dividendo se cobre en un periodo posterior.
De esta forma conviene recordar que, si en la Junta General no se dice nada respecto a la fecha de cobro de los dividendos, se entiende que el dividendo es exigible a partir del día siguiente de la Junta que acuerde el reparto.
Veamomos un ejemplo:
Para el caso de que se realicen declaraciones trimestrales.
Si se aprobaron las cuentas de ejercicio anterior el día 30 de junio de 2016 y se aprobaron el reparto de dividendos, debe ingresarse la retención en la declaración de los 20 primeros días de julio.
Es por ello que resulta más interesante acordar el reparto el 1 de julio, de ser así, no habrá que ingresarlo hasta los 20 primeros días de Octubre
¿Con que impreso se ingresa la retención?
La retención se realiza a través del modelo 123.
Este modelo también se usa para ingresar otras retenciones como las de intereses de préstamos y arrendamientos de negocios.
Atención a las diferencias cuando se presente esta declaración-liquidación dependiendo si presentas la declaración mensual o trimestral. En este sentido:
- Si se presenta declaración mensual, el modelo 123 debe presentarse y entregarse en los 20 primeros días naturales del mes siguientes del período de reparto de dividendos.
- Si se presenta una declaración trimestral, el modelo 123 debe de presentarse e ingresarse durante los 20 primeros días naturales de abril, julio, octubre y enero, puesto que se corresponden con el trimestre inmediato anterior.
Resumen anual de dividendos
El resumen anual debe realizarse durante el mes de enero. Este resumen se presenta a través del modelo 193 de “declaración anual informativa”.
En el resumen anual se detallarán los siguientes datos:
- Número total de perceptores
- Base de retención e ingreso a cuenta. En vuestro caso el dividendo.
- Retención e ingreso a cuenta.
- Suma total de retenciones e ingresos a cuenta.
¡No te olvides del resumen anual!