¿Por qué no existe valor de referencia de mi inmueble en una determinada fecha? ¿Qué efectos tiene la inexistencia del valor de referencia?
Existen circunstancias que impiden la existencia del valor de referencia.
Este hecho no tiene ningún efecto, jurídico o fiscal, por sí mismo.
Las causas son de tipo jurídico-técnico:
No existe valor de referencia para los inmuebles que no se encuentren incluidos en el ámbito de aplicación de la correspondiente resolución de la Dirección General del Catastro sobre elementos precisos para la determinación del valor de referencia, o cuando concurran las causas de tipo técnico que se prevean en la misma.
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