Principio de legalidad del Registro Civil

Principio de legalidad del Registro Civil Los Encargados del Registro Civil comprobarán de oficio la realidad y legalidad de los hechos y actos cuya inscripción se pretende, según resulte de los documentos que los acrediten y certifiquen, examinando en todo caso la legalidad y exactitud de dichos documentos.  

Deberes ante el Registro Civil

Deberes ante el Registro Civil Son deberes de las personas ante el Registro Civil: a) El deber de promover la práctica de los asientos registrales en los casos previstos en la presente Ley. b) El deber de instar la inscripción cuando ésta tenga carácter constitutivo en los casos legalmente previstos. c) El deber de comunicar … Más información

Derechos ante el Registro Civil

Derechos ante el Registro Civil Son derechos de las personas ante el Registro Civil: a) El derecho a un nombre y a ser inscrito mediante la apertura de un registro individual y la asignación de un código personal. b) El derecho a la inscripción de los hechos y actos que se refieren a su identidad, … Más información

Reglas de competencia del Registro Civil

Reglas de competencia del Registro Civil 1. La solicitud de inscripción y la práctica de la misma se podrán efectuar en cualquiera de las Oficinas Generales del Registro Civil con independencia del lugar en el que se produzcan los hechos o actos inscribibles. Si se producen en el extranjero, la inscripción se solicitará y, en … Más información

Competencias generales del Registro Civil

Competencias generales del Registro Civil En el Registro Civil constarán los hechos y actos inscribibles que afectan a los españoles y los referidos a extranjeros, acaecidos en territorio español. Igualmente, se inscribirán los hechos y actos que hayan tenido lugar fuera de España, cuando las correspondientes inscripciones sean exigidas por el Derecho español.  

Comunicación entre las Oficinas del Registro Civil y con las Administraciones Públicas

Comunicación entre las Oficinas del Registro Civil y con las Administraciones Públicas 1. Las Oficinas del Registro Civil se comunicarán entre sí a través de medios electrónicos. 2. Todas las Administraciones y funcionarios públicos, en el ejercicio de sus competencias y bajo su responsabilidad, tendrán acceso a los datos que consten en el Registro Civil … Más información

Firma electrónica del Registro Civil

Firma electrónica del Registro Civil 1. Los Encargados del Registro Civil dispondrán de certificados electrónicos cualificados. Mediante dichos certificados electrónicos se firmarán los asientos del Registro Civil con firma electrónica avanzada. Las certificaciones de las inscripciones electrónicas, o las que se expidan por medios electrónicos, serán selladas directamente por el sistema, con sello electrónico avanzado … Más información

Código personal del Registro Civil

Código personal del Registro Civil A cada registro individual abierto con el primer asiento que se practique se le asignará un código personal constituido por la secuencia alfanumérica generada por el Registro Civil, que será única e invariable en el tiempo.  

Registro individual en el Registro Civil

Registro individual en el Registro Civil 1. Cada persona tendrá un registro individual en el que constarán los hechos y actos relativos a la identidad, estado civil y demás circunstancias en los términos de la presente Ley. 2. El registro individual se abrirá con la inscripción de nacimiento o con el primer asiento que se … Más información

Hechos y actos inscribibles en el Registro Civil

Hechos y actos inscribibles en el Registro Civil Tienen acceso al Registro Civil los hechos y actos que se refieren a la identidad, estado civil y demás circunstancias de la persona. Son, por tanto, inscribibles: 1.º El nacimiento. 2.º La filiación. 3.º El nombre y los apellidos y sus cambios. 4.º El sexo y el … Más información