¿Cómo se da a conocer la jurisprudencia del Tribunal Constitucional?


¿Cómo se da a conocer la jurisprudencia del Tribunal Constitucional?

Según el primer apartado del artículo 164 de la Constitución Española, «las sentencias del Tribunal Constitucional se publicarán en el boletín oficial del Estado con los votos particulares, si los hubiere.

Tienen el valor de cosa juzgada a partir del día siguiente de su publicación y no cabe recurso alguno contra ellas.

Las que declaren la inconstitucionalidad de una ley o de una norma con fuerza de ley y todas las que no se limiten a la estimación subjetiva de un derecho, tienen plenos efectos frente a todos».