Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) en Canarias

Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) en Canarias El Impuesto sobre transmisiones patrimoniales en Canarias es del 6,5 % con carácter general. Además tiene multitud de bonificaciones por casos excepcionales que puedes consultar en la web del Gobierno de Canarias.  

Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) en Comunidad Valenciana

Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) en Comunidad Valenciana En la Comunidad Valenciana se aplica un ITP del 10% con carácter general. El tipo reducido es del 8% y se aplicará ara la adquisición de viviendas de protección pública de régimen general o para la primera vivienda habitual de jóvenes menores de 35 años. El tipo reducido del 4% se aplica … Más información

Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) en Baleares

Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) en Baleares Transmisión de bienes inmuebles: Valor total € Cuota íntegra € Resto valor hasta € Tipo aplicable 0 0 400.000 8% 400.000 32.000 200.000 9% 600.000 50.000 400.000 10% 1.000.000 90.000 en adelante 11%   Transmisión de garajes: Valor total € Cuota íntegra € Resto valor hasta € Tipo … Más información

Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) en Asturias

Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) en Asturias El porcentaje de este impuesto en Asturias para la transmisión de inmuebles es el siguiente: Bien inmueble Porcentaje Entre 0 y 300.000 euros 8% Entre 300.000 y 500.000 euros 9% Más de 500.000 euros 10% Existen distintos porcentajes en función de si se trata de un arrendamiento, transmisión de … Más información

Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) en Aragón

Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) en Aragón Como puede observarse en la siguiente tabla o bien, en la página oficial del Gobierno de Aragón, el ITP varía desde el 8% hasta el 10% de forma progresiva en función del valor del inmueble objeto de la transmisión. Valor del bien hasta € Cuota íntegra Resto valor bien Tipo … Más información

Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) en Andalucía

Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) en Andalucía Para la transmisión de inmuebles con carácter general Base liquidable € Cuota íntegra € Resto Base Liquidable € Tipo aplicable 0 0 400.000 8% 400.000,01 32.000 300.000 9% 700.000,01 59.000 en adelante 10% Si se trata de garajes: Base liquidable € Cuota íntegra € Resto Base Liquidable € … Más información

¿Cómo liquidamos el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP)?

Con carácter general, para liquidar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) se presentarán uno de los modelos, entre el modelo 600, 620 o 630 dependiendo de la naturaleza del impuesto. Los sujetos pasivos se encargará de la presentación de estos modelos en la Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria correspondiente en los 30 días hábiles posteriores al otorgamiento del … Más información

¿Quién paga el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y en qué casos hay que pagarlo?

El Estado establece el marco general en lo referente al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, pero como la competencia sobre este impuesto pertenece a cada CC.AA, serán estas últimas las que fijen la cantidad apropiada dependiendo del bien a gravar. Los mínimos estatales para el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales son los siguientes, sin embargo, todas las Comunidades Autónomas aplican aumentos … Más información

¿Qué es el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales o ITP?

Con frecuencia, nos referiremos a este gravamen como Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP/AJD). Grava la transmisión de bienes entre particulares, entre otras cosas. La normativa básica que regula el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados es el Real Decreto Legislativo 1/1993 del 24 de septiembre y la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que … Más información

Exención por doble imposición de dividendos

¿Qué requisitos deben cumplirse para que estén exentos los dividendos o participaciones en beneficios de entidades residentes y no residentes en territorio español? Que el porcentaje de participación, directa o indirecta, en el capital o en los fondos propios de la entidad sea, al menos, del 5 por ciento o bien que el valor de … Más información