Principios informadores de los contratos


Principios informadores de los contratos

En materia de contratos se deben tener presentes dos grandes máximas:

  1. Pacta sunt servanda: que quiere decir que los pactos, contratos, deben cumplirse tal y como fueron contraídos y suscritos.
  2. Rebus sic stantibus: que se refiere a que los contratos tienen un marco contextual que debe ser considerado en los supuestos de su cumplimiento o incumplimiento. «Estando así las cosas» es el principio según el cual los contratos se modifican solo ante las alteraciones que puedan surgir en el contexto de su cumplimiento.

Los principios informadores de la cuestión contractual son los principios generales que subyacen en la formación, interpretación y ejecución de los contratos. Estos principios son ampliamente reconocidos y aplicados en el derecho contractual. A continuación, se mencionan algunos de los principales principios informadores de la cuestión contractual:

  1. Principio de la autonomía de la voluntad: Este principio establece que las partes tienen la libertad de establecer los términos y condiciones de su contrato. Las partes tienen el derecho de decidir con quién contratar, qué se va a contratar, en qué condiciones y cómo se llevará a cabo. Este principio reconoce la importancia de respetar la voluntad de las partes y su capacidad para autogobernarse en el ámbito contractual.
  2. Principio de la buena fe: Este principio implica que las partes deben actuar de manera honesta, leal y transparente en la celebración y ejecución del contrato. Las partes deben comportarse de manera justa y respetar los intereses legítimos de la otra parte. La buena fe implica un deber de cooperación y honestidad en el cumplimiento de las obligaciones contractuales.
  3. Principio de la equidad: Este principio busca lograr un equilibrio justo entre los derechos y obligaciones de las partes. Se busca evitar que una de las partes se beneficie injustamente a expensas de la otra parte. La equidad implica considerar las circunstancias particulares de cada caso y buscar soluciones justas y razonables.
  4. Principio de la seguridad jurídica: Este principio busca proporcionar estabilidad y previsibilidad en las relaciones contractuales. Las partes deben poder confiar en que los contratos serán cumplidos y que los derechos y obligaciones establecidos serán respetados. La seguridad jurídica implica que los contratos deben ser claros, precisos y vinculantes, y que las normas y principios aplicables a los contratos sean estables y consistentes.
  5. Principio de la fuerza obligatoria del contrato: Este principio establece que las partes están obligadas a cumplir con los términos y condiciones acordados en el contrato. Una vez que se ha celebrado un contrato válido, las partes deben cumplir con sus obligaciones y respetar los derechos de la otra parte. Este principio garantiza la estabilidad y la certeza de los contratos.

Estos son solo algunos de los principales principios informadores de la cuestión contractual, y pueden variar en su aplicación según las leyes y regulaciones de cada jurisdicción. Es importante tener en cuenta estos principios al redactar, interpretar y ejecutar un contrato, ya que ayudan a establecer el marco legal y ético en el que se desarrolla la relación contractual.