Valor de la retribución en especie


Valor de la retribución en especie

Una de las dudas que más genera este tipo de salario es el de la correcta cuantificación económica del mismo, dado que se trata de un tipo de retribución que tributa en el IRPF o Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas.

Si se trata de un vehículo se debe distinguir si es propiedad de la empresa o una donación realizada al trabajador. En el primer caso el valor será del 20% del coste de la compra. En el segundo caso, para calcular el valor se tendrá en cuenta el cómputo global de la operación, es decir, coste, impuesto de matriculación y demás gastos que haya supuesto esta adquisición.

Si la retribución se realiza poniendo a disposición del trabajador una vivienda, de forma gratuita o a menor valor respecto al mercado, el valor de la misma será el del 10% de su valor catastral.

En cuanto a las acciones o participaciones de la empresa, se encuentran exentas de tributar hasta un máximo de 12.000 euros, durante 3 años y no pudiendo superar el 5% de la participación empresarial.

Si la retribución es un seguro médico privado, existe exención siempre y cuando su valor no supere los 500 euros al año.

Y si se trata de cheques guardería u otro tipo de servicios para el cuidado de los hijos, es una retribución siempre exenta de tributación.