¿Cómo se llega a un convenio colectivo?


¿Cómo se llega a un convenio colectivo?

Cuando se va a negociar un convenio colectivo, la parte que promueve la negociación debe comunicárselo por escrito a la otra parte, informando sobre cuál sería el objetivo de la revisión y negociación que se plantee.

La autoridad laboral que corresponda de acuerdo al ámbito del convenio debe ser informada de que este proceso de negociación se inicia.

La parte que recibe la invitación a la negociación solo podrá negarse si existe alguna causa legal o del convenio que lo permita.

Debe constituirse una comisión negociadora en plazo máximo de un mes. Esta comisión negociadora estará integrada por los sindicatos y asociaciones empresariales que representen a la mayoría de los comités de empresas y a los empresarios que ocupen a la mayoría de los trabajadores cubiertos por el convenio que se discute.

Las partes de común acuerdo pueden elegir un presidente de la comisión negociadora. En los convenios colectivos sectoriales el número de miembros en la comisión negociadora en representación de cada parte no excederá de 15, y en el resto de los convenios nunca serán más de 13 representantes por cada parte.

Calendario de negociación y votos

Se establecerá un calendario o plan de negociación. Las conversaciones deben darse siempre desde la perspectiva de la buena fe. Si se llegan a producir actos o situaciones de violencia, las negociaciones se suspenderán de inmediato.

Para ser aprobados los acuerdos de la comisión requerirán el voto favorable de la mayoría de ambas representaciones. De considerarse necesario, en cualquier momento de las negociaciones las partes pueden requerir la intervención de un mediador.

Presentación del convenio colectivo y publicación

Una vez que se ha llevado a cabo la negociación y se ha llegado a acuerdos, el contenido del convenio colectivo ha de quedar recogido por escrito y debe presentarse ante la autoridad laboral competente en un plazo de 15 días después de su firma.

Cuando ya se presenta ante la autoridad laboral que corresponda, el convenio se enviará al órgano público competente para su depósito.

En un periodo de tiempo que no debe superar los 20 días desde el momento en que se recibió, la autoridad laboral dará la publicación en el boletín oficial que corresponda, sea este el estatal, o el que corresponda a la comunidad autónoma o provincia donde el convenio tenga aplicación.

El convenio colectivo entrará en vigencia en la fecha en la que las partes hayan acordado.