Estructura orgánica de la Abogacía General del Estado


Estructura orgánica de la Abogacía General del Estado

La estructura orgánica de la Abogacía General del Estado en España está conformada por varios órganos y unidades que se distribuyen en diferentes niveles. A continuación, se describen los principales componentes de su estructura:

  1. Abogado General del Estado: Es el máximo responsable de la Abogacía General del Estado. Ostenta la dirección y coordinación de todo el organismo, y es designado por el Gobierno.
  2. Secretaría General Técnica: Es el órgano encargado de asistir al Abogado General del Estado en la dirección y coordinación general de la Abogacía del Estado. Además, se encarga de la planificación, organización y control de los servicios administrativos de la institución.
  3. Gabinetes Técnicos: Son unidades de apoyo y asesoramiento técnico al Abogado General del Estado. Están compuestos por abogados del Estado con experiencia y conocimientos especializados en áreas específicas.
  4. Coordinación General de lo Contencioso: Es el órgano responsable de la coordinación y dirección técnica de los asuntos contencioso-administrativos en los que interviene la Abogacía del Estado.
  5. Coordinación General de lo Civil y Penal: Se encarga de la coordinación y dirección técnica de los asuntos civiles y penales en los que actúa la Abogacía del Estado.
  6. Coordinación General de lo Fiscal: Es el órgano encargado de la coordinación y dirección técnica de los asuntos fiscales en los que participa la Abogacía del Estado.
  7. Unidades Técnicas de Apoyo: Son unidades especializadas que brindan apoyo técnico y asesoramiento en áreas específicas, como el derecho administrativo, derecho internacional y derecho económico.
  8. Delegaciones y Servicios Jurídicos del Estado: Son las representaciones territoriales de la Abogacía del Estado en diferentes comunidades autónomas y ciudades. Estas delegaciones y servicios jurídicos se encargan de la representación y defensa de los intereses del Estado en su ámbito territorial.

Cabe destacar que esta descripción de la estructura orgánica de la Abogacía General del Estado en España se basa en la información disponible hasta septiembre de 2021, y es posible que haya sufrido modificaciones o actualizaciones posteriores.