Los días hábiles en procedimientos administrativos y judiciales


Los días hábiles en procedimientos administrativos y judiciales

Tener claro el concepto de lo que es un día hábil es importante, ya que la Administración Pública y los organismos judiciales en España, en sus procesos establecen plazos que deben cumplirse y lo hacen en días hábiles, a menos que se especifique lo contrario.

2. Siempre que por Ley o en el Derecho de la Unión Europea no se exprese otro cómputo, cuando los plazos se señalen por días, se entiende que éstos son hábiles, excluyéndose del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos.

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Artículo 30.2 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común

En los días hábiles se pueden realizar diversas actividades y actos administrativos y judiciales de importancia ciudadana y en días hábiles se cuentan también los plazos que establecen diversos procedimientos administrativos y judiciales como hemos visto.

Por todo ello, para poder cumplir los plazos y poder satisfacer los requerimientos de algún proceso administrativo o judicial, debe tenerse claro qué días son hábiles y qué días no lo son a lo largo del año.

Los plazos que se establecen en procedimientos administrativos y judiciales empiezan a contar al día siguiente en que se emite la notificación.

3. Los plazos expresados en días se contarán a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el siguiente a aquel en que se produzca la estimación o la desestimación por silencio administrativo.

Artículo 30.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común

Si en un proceso administrativo o judicial el día en que concluye un plazo estipulado en días hábiles cae en un fin de semana o festivo, el plazo se extiende automáticamente al siguiente día hábil después del día en que concluye el plazo.

5. Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

Artículo 30.5 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común