Plazo del arrendamiento rústico
Las partes tienen la facultad para acordar entre sí cuál será la duración del contrato.
Pero en ningún caso puede ser inferior a los 5 años que como mínimo establece la ley.
Si es por menos, será nulo.
Tasaciones y valoraciones
Las partes tienen la facultad para acordar entre sí cuál será la duración del contrato.
Pero en ningún caso puede ser inferior a los 5 años que como mínimo establece la ley.
Si es por menos, será nulo.