¿Qué es una cuestión de inconstitucionalidad?


¿Qué es una cuestión de inconstitucionalidad?

En la Constitución en el artículo 163 se establece que cuando un órgano judicial considere que una normativa pueda ser contraria a la Constitución y de cuya validez dependa un fallo, debe plantearse esa cuestión frente al Tribunal Constitucional.

Igual planteamiento hace la LOTC en su artículo 35 al expresar que de oficio o a instancia de parte, cuando un Juez o un Tribunal considere que una normativa sea contraria a la Constitución se debe plantear esa cuestión al Tribunal Constitucional según lo que esa legislación determina.

La legitimación en este caso se da mediante un Juez o un Tribunal.

Requisitos para plantear una cuestión de inconstitucionalidad

Quienes tienen competencia en este asunto son los órganos judiciales, ya sea de oficio o a instancia de parte.

El planteamiento saldrá desde los jueces o los Tribunales, y es posible que lo hagan a solicitud de algún involucrado. En este caso se deja constancia de cómo es el planteamiento, si objetivo o subjetivo.

Las normas que son objeto de control son los Estatutos de Comunidades Autónomas, Leyes orgánica y ordinarias, decretos-leyes, Tratados Internacionales, Reglamentos de las Cámaras y Cortes o los que fueran equivalentes a los mencionados.

Las normativas que tengan un rango reglamentario deben ser controladas por tribunales ordinarios.

Plazos de planteamiento de la cuestión de inconstitucionalidad

En la Constitución Española en su artículo 163 se establecen los plazos a los que se debe ajustar el planteamiento. Se fija el periodo comprendido entre la finalización de un proceso judicial y el dictado de la sentencia correspondiente.

Es un requisito flexible, porque el planteamiento en otra fase del proceso podría implicar un condicionamiento a las garantías de los derechos de sus partes.

Se debe demostrar que existe un litigio, una duda sobre la adaptación de la normativa a la Constitución, en el caso de que esa norma que debe aplicarse es la que da sentido al fallo. Debe tener un impacto relevante en la sentencia.

De esta manera se observa la importancia fundamental que tiene nuestra Constitución Española y la coherencia que deben tener todas las normas que de ella provengan.