¿Quién es el arrendador y el arrendatario?


¿Quién es el arrendador y el arrendatario?

Según la RAE, el arrendador es la «parte del contrato de arrendamiento que pone a disposición de la otra las cosas, obras o servicios objetos del contrato.»

Por otro lado, la RAE define al arrendatario como:

«Parte del contrato de arrendamiento que, en el arrendamiento de cosa, usa o disfruta de la cosa y paga el precio; en el arrendamiento de obras y servicios, ejecuta la obra o presta los servicios objeto del contrato y recibe el precio pactado.»

En el artículo 1546 del Código Civil se ofrecen las siguientes definiciones:

Se llama arrendador al que se obliga a ceder el uso de la cosa, ejecutar la obra o prestar el servicio, y arrendatario al que adquiere el uso de la cosa o el derecho a la obra o servicio que se obliga a pagar.

Artículo 1546 del Código Civil

Es arrendador quien, por medio de un contrato de arrendamiento, cede el uso y disfrute temporal de un bien de su propiedad a cambio de recibir una renta. Por lo tanto, podemos decir que arrendador es sinónimo de propietario, aunque en algunos casos puede tratarse de un mero gestor (y no ser el propietario del bien).

El arrendador es la persona obligada a ceder el uso de un bien a cambio de una remuneración.

La posición de arrendador supone una serie de derechos y obligaciones, que vienen detallados principalmente en el Código Civil español. En el caso de que el bien arrendado sea una vivienda también entrarán en juego las estipulaciones de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).

En el arrendamiento de cosas, una de las partes se obliga a dar a la otra el goce o uso de una cosa por tiempo determinado y precio cierto.

Artículo 1543 del Código Civil

Fuera de estas normas, el arrendamiento se regula conforme a lo pactado en el contrato correspondiente.