¿Quiénes son los sujetos pasivos del ICIO?
- Los contribuyentes, ya sean personas físicas o jurídicas, así como entidades sin personalidad jurídica, que sean propietarios de la construcción, instalación u obra, aunque no lo sean del inmueble.
- Los sustitutos del contribuyente que soliciten las licencias o que presenten las comunicaciones previas o declaraciones responsables.
- Quienes realicen las construcciones, instalaciones u obras.
No obstante, están exentas de pagar el impuesto las construcciones, instalaciones y obras que sean titularidad del Estado, de las Comunidades Autónomas, de las Entidades Locales o de sus organismos autónomos, siempre y cuando se destinen a fines concretos y sin importar si son obras de conservación o de nueva construcción.
Dichos fines específicos son:
- La construcción de carreteras y ferrocarriles.
- La construcción de puertos y aeropuertos.
- Las obras hidráulicas.
- El saneamiento de poblaciones y de sus aguas residuales.