Tasaciones para donaciones


TASACIONES PARA DONACIONES


¿QUÉ ES UNA DONACIÓN?

Antes de ahondar en profundidad vamos a comenzar este post explicando detalladamente lo que es una donación. Mejor dicho, lo que nosotros vamos a llamar donación.

La donación es una de las formas de transmisión de bienes inmuebles que existe en nuestro país.

Para que nos hagamos a la idea, se utiliza por ejemplo a la hora de entregar un piso a un hijo pero eso sí, sin tener que esperar a la herencia. En una donación hay dos partes: el donante y el donatario.

¿Qué función desempeña cada uno? Muy sencillo. El donante va a entregar el bien y el donatario será el encargado de recibirlo. Otra cosa muy importante es que esta acción tiene que ser gratuita ya que si no es así no podrá recibir el nombre de donación.

 LA NORMATIVA DE LAS DONACIONES

Una vez explicado el concepto, habrá que conocer la normativa de las donaciones. Este impuesto sobre sucesiones y donaciones está totalmente regulado ¿Por quién? Por una ley estatal. Es cierto que van a existir diferencias dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que nos encontremos. Como norma general se aplicará la normativa de la Comunidad Autónoma en la que resida el donatario. Cuando hablamos de bienes inmuebles sí que tendremos que tener en cuenta la norma de la Comunidad Autónoma donde se encuentre ese bien.

IMPORTANTE: SABER QUIEN PAGA 

En términos tributarios hay diferencias en las donaciones.

Dependerá siempre del grado de parentesco que haya. ¿Cómo se mide el parentesco? Muy fácil: van a ser considerados familiares de

Primer grado: hijos, padres, suegros, nuera y yerno.

Segundo grado: abuelos, hermanos, cuñados y nietos.

El patrimonio que vaya a tener el donatario también predomina en el porcentaje que se tenga que pagar. Cuanto mayor sea el patrimonio, mayor será la cantidad que tengamos que pagar.

¿QUÉ IMPUESTOS AFECTAN A LA DONACIÓN?

En una donación, como en casi todo, existen varios impuestos que tenemos que tener en cuenta. El donatario paga el impuesto de donaciones que oscilará entre el 7,65% y el 34%

El donatario también deberá pagar un impuesto municipal sobre el incremento del valor del terreno, lo que conocemos como impuesto de plusvalía. Cuando se lleva a cabo una compraventa este impuesto lo paga el donante. Al ser una donación, el donante deberá incluir ese incremento del patrimonio en su declaración de IRPF.

DONACIÓN O COMPRAVENTA

Vamos a explicarles las principales diferencias que existen entre la donación y la compraventa. La principal y más importante es que en la compraventa existe un pago de por medio. Esto tiene que tener constancia en la escritura, así como el método de pago. Además, hay otros factores que tenemos que tener muy presentes:

  • En un matrimonio en régimen de gananciales por ejemplo y para que el bien sea privativo del adquiriente y no del matrimonio, se tendrá que probar que se ha comprado con dinero privativo del cónyuge.
  • Cuando donamos algo a un hijo el bien será privativo del donatario, aunque esté casado en régimen de gananciales.
  • Optar por donación o por compraventa tiene consecuencias de cara a una futura herencia entre los hermanos. Si recibes un bien donado, se descuenta de la parte que te corresponde de la herencia. Si se hace como compraventa ese bien no cuenta en la cuota de la herencia.

DONACIONES FRENTE A HERENCIAS

Es fundamental que conozcamos dónde tenemos que pagar los impuestos. En el caso de una herencia, tendremos que liquidar en el lugar en el que resida el fallecido. Y si se trata de una donación entonces tendremos que tener en cuenta el lugar en el que se encuentre el inmueble.

Las herencias están consideradas como impuesto sobre sucesiones y donaciones. Cuando vamos a recibir una vivienda en herencia tendremos que contar con que el 95% es una reducción sobre la base imponible, hasta un máximo de 122.606 euros. Eso sí, hay que ver que ese porcentaje puede ampliarse con bonificaciones autonómicas.

EL VALOR DE UNA VIVIENDA

Una vez hemos explicado todo esto desde Legadea queremos dejar claro que tenemos que saber el valor de un inmueble. ¿Qué pasa entonces? Que tenemos que hacer una tasación.

La liquidación de los impuestos que competen se llevará a cabo sobre una base imponible que marcará el contribuyente. Esta base se reconoce como valor real del inmueble ya que no existe nada establecido en la normativa tributaria. Va ser entonces el Tribunal Supremo el que señala una definición del valor real y, además, lo compara con el valor de mercado. Este valor se alcanza con una tasación inmobiliaria para una donación.

La Administración tiene la posibilidad de comprobar el valor que hemos establecido. En este caso, no tendrá ningún problema siempre que haya realizado un tasación homologada, también llamadas “oficiales” ya que estás tendrán absoluta validez de cara a cualquier organismo o administración. Por ello, recercamos la importancia de realizar una tasación y evitar futuros problemas.


 

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