Tipos de incapacidad laboral


Tipos de incapacidad laboral

De acuerdo al grado y alcance de la situación que impide cumplir con las funciones de un determinado trabajo, la incapacidad laboral puede clasificarse en dos tipos: la incapacidad temporal y la incapacidad permanente.

Tipos de incapacidad laboral

Existen diferentes tipos de incapacidad laboral que pueden clasificarse de la siguiente manera:

  1. Incapacidad laboral temporal: También conocida como incapacidad temporal para el trabajo (IT), se refiere a una condición médica o lesión que impide temporalmente a una persona realizar su trabajo. Puede ser el resultado de enfermedades comunes, accidentes no laborales o enfermedades ocupacionales. Durante este período, el trabajador recibe licencia médica y puede recibir beneficios económicos mientras se recupera.
  2. Incapacidad laboral parcial: Se presenta cuando una persona experimenta una disminución parcial de su capacidad para trabajar debido a una enfermedad o lesión. En este caso, la persona aún puede desempeñar su trabajo, pero con ciertas limitaciones o restricciones. Puede requerir adaptaciones en el lugar de trabajo o modificaciones en las tareas para permitir la continuidad del empleo.
  3. Incapacidad laboral total: Se refiere a la incapacidad completa de una persona para desempeñar su trabajo debido a una enfermedad o lesión. En esta situación, la persona no puede llevar a cabo sus funciones laborales habituales y puede requerir una licencia prolongada o incluso la terminación del empleo. Dependiendo del país y el sistema de seguridad social, pueden existir beneficios económicos y programas de rehabilitación para ayudar a la persona en esta situación.
  4. Incapacidad laboral permanente: Este tipo de incapacidad implica que una persona no puede volver a trabajar de forma permanente debido a una enfermedad o lesión. Puede ser el resultado de condiciones médicas crónicas, discapacidades permanentes o lesiones graves. En estos casos, se pueden proporcionar beneficios a largo plazo para ayudar a la persona a cubrir sus necesidades económicas y de atención médica.

Es importante tener en cuenta que las categorías y terminología específicas pueden variar según el país y las leyes laborales y de seguridad social aplicables. Estas clasificaciones generales sirven como referencia para comprender los diferentes tipos de incapacidad laboral que se pueden encontrar.

Incapacidad temporal o transitoria

Es popularmente conocida como baja médica. La misma hace referencia a aquella persona que se encuentra imposibilitada para ejecutar su trabajo de manera puntual a causa de un accidente (laboral o no laboral) o una enfermedad (profesional o común). Y, por tanto, necesita de asistencia médica.

La duración máxima de este tipo de incapacidad es de 12 meses, los cuales son prorrogables por otros 6 meses más. Transcurrido este tiempo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social valorará si la incapacidad ha de convertirse en permanente o, en caso contrario, se debe dar el alta médica.

Incapacidad temporal por enfermedad profesional

En el caso concreto de una incapacidad temporal por enfermedad profesional, el período de observación de la dolencia es de 6 meses, prorrogable por 6 meses más.

Cabe destacar que el contrato laboral queda interrumpido durante el periodo de tiempo estipulado, además, el trabajador tiene el derecho a recibir asistencia sanitaria y al subsidio económico correspondiente.

Incapacidad permanente

Este tipo de incapacidad se reconoce cuando, tras someterse a un tratamiento médico o intervención quirúrgica, el trabajador presenta incapacidades anatómicas o funcionales graves que disminuyen o anulan, de forma permanente, su capacidad laboral.

La concesión de una incapacidad permanente, por lo general, viene tras una baja laboral médica, es decir, de una incapacidad temporal. Y puede dar cabida a una prestación, de cuantía variable, en función del grado de incapacidad.

La Seguridad Social es el ente encargado de determinar si la dolencia puede afectar de manera permanente la capacidad del trabajador para realizar sus labores dentro de su puesto de trabajo. Esta baja laboral puede prolongarse durante 545 días y, en casos excepcionales, puede prorrogarse por 180 días más.

Grados de incapacidades permanentes

Según el grado de reducción de la capacidad del trabajador, se distinguen, a su vez, diferentes posibilidades de incapacidad permanente.

  1. Incapacidad permanente parcial. Se refiere a aquellas situaciones en las que las secuelas del accidente o enfermedad producen una disminución en el rendimiento normal de las labores, no es menor a 33%. Y que, a su vez, no le inhabilite completamente para llevarlas a cabo.
  2. Incapacidad permanente total. Se habla de este tipo de incapacidad cuando el trabajador se encuentra inhabilitado para realizar todas las funciones principales de su profesión habitual, en tanto que se puede dedicar a otra profesión distinta. En este caso, de cumplir con todos los requisitos, el incapacitado recibirá una prestación de por vida del 55% de la base reguladora.
  3. Incapacidad permanente absoluta. Este grado de incapacidad impide a la persona desempeñar cualquier profesión u oficio. Por ende, la prestación correspondiente implicaría una pensión vitalicia del 100% del salario bruto.
  4. Gran invalidez. Entre los grados de incapacidad laboral permanente, es posible que, en ciertos casos, se añade un complemento en caso de gran invalidez. Este se otorga cuando la persona incapacitada de forma permanente no puede valerse por sí misma y, por tanto, requiere la asistencia de un cuidador para hacer sus tareas diarias. Esta situación, en particular, implica una especie de bono económico adicional a la prestación por incapacidad, que representa hasta un 45% del salario mínimo interprofesional.

Hay que tener presente que cada uno de los grados de incapacidad permanente puede ser revisable y que, en algunas circunstancias, pueden modificarse con base en dicha revisión.