Atribuciones y obligaciones del procurador


Atribuciones y obligaciones del procurador

Para ser procurador es necesario un título de licenciado o graduado en derecho y obtener el título de procurador expedido por el Ministerio de Justicia.

A partir del año 2012 además debe haber realizado un Máster en Derecho. Por otra parte, esta profesión se encuentra dentro de las de colegiación obligatoria, la cual se realiza en el Consejo General de Procuradores y los Colegios de Procuradores autonómicos.

1. La comparecencia en juicio será por medio de procurador, que habrá de ser Licenciado en Derecho, Graduado en Derecho u otro título universitario de Grado equivalente, habilitado para ejercer su profesión en el tribunal que conozca del juicio.

Artículo 23.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil

Los procuradores pueden actuar como profesionales independientes o como procuradores oficiales. En este caso deben realizar otros cursos superiores y prácticas y por supuesto superar la prueba de aptitud profesional.

El artículo 26 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece los deberes del procurador:

  1. Representar al poderdante y colaborar con la justicia en todos los temas relacionados con su mandato en tanto éste no cese según lo establecido en el artículo 30 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
  2. Transmitir al abogado de su cliente todos los elementos que conduzcan a la defensa de los intereses del poderdante.
  3. También mantener informados tanto al abogado como al cliente, de todas las resoluciones y notificaciones del tribunal respecto del juicio.
  4. Dar traslado a los escritos de su poderdante y su abogado a la otra parte en el juicio.
  5. Pagar todos los gastos que surjan, excepto los honorarios de los abogados y peritos, tasas judiciales y depósitos para la presentación de recursos, excepto que el poderdante le haya hecho entrega de fondos para solventarlos.
  6. Realizar todos los actos de comunicación que su cliente le solicite o de conformidad con lo previsto por las leyes.
  7. Acudir a los juzgados y tribunales ante los cuales ejerce su representación.

A partir de la modernización de la justicia el papel de los procuradores es cada vez más protagónico. De hecho, la Ley 37/2011 de Medidas de Agilización Procesal y especialmente las reformas introducidas por el artículo 26 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se refieren a la ampliación de sus atribuciones.

Por ejemplo, colaborar con otros órganos jurisdiccionales, en las fases de prueba y ejecución y en las subastas judiciales.

Respecto de este último aspecto se otorga a los colegios de procuradores, en forma expresa, la posibilidad de actuar como entidad especializada.

Lo cual se realiza desde 2016 a través de la plataforma subastasprocuradores.com, en la que se subastan bienes provenientes de todo tipo de procesos (como ejecuciones hipotecarias, división de cosa común o procesos concursales).

La designación de la entidad especializada es realizada por el Juzgado correspondiente a pedido de las partes.

La realización del procedimiento a través del portal de los procuradores ofrece completas garantías, transparencia y seguridad jurídica.