Bonificaciones en el IBI
Hay muchas bonificaciones que se aplican una vez calculada la cuota líquida. Algunas están establecidas por leyes y otras son potestad de los Ayuntamientos.
Algunas de las bonificaciones vigentes son (se regulan en los artículos 73 y 74 de la Ley Reguladora de Haciendas Locales):
- Viviendas de Protección Oficial (VPO): 50% de la cuota íntegra durante los tres primeros años.
- Inmuebles de familias numerosas: hasta el 90% de la cuota íntegra.
- Inmuebles con sistemas de energía solar: hasta el 50%.
- Bienes rústicos de cooperativas agrícolas o explotación comunitaria: 95%.
- Inmuebles destinados a actividades económicas de interés especial, hasta el 90%.