Recargos en el IBI


Recargos en el IBI

Los recargos en el IBI están previstos por leyes y son los siguientes:

  • Inmuebles ubicados en capitales de provincia o comunidad autónoma.
  • Inmuebles en municipios con transporte público urbano de superficie.
  • Inmuebles ubicados en municipios en los que los terrenos rústicos superen el 80% de la superficie total.
  • Inmuebles ubicados en ayuntamientos que presten los servicios a que los obliga el artículo 26 de la Ley 7/1985 llamada Reguladora de las Bases del Régimen Local (por ejemplo, alumbrado, recogida de residuos, abastecimiento de agua potable, alcantarillado, pavimentación, parque y biblioteca públicos, protección civil entre otros de acuerdo a la población).
  • Inmuebles desocupados.
  • Pagos fuera de término.