Características de un Juzgado de Primera Instancia


Características de un Juzgado de Primera Instancia

El Juzgado de Primera Instancia es un órgano judicial de mayor cercanía a la ciudadanía, tanto por sus competencias como por su ubicación a la cabecera de los partidos judiciales.

En la mayoría de los casos, la presencia de ambas partes se hace necesaria para la presentación de pruebas y para la resolución de los conflictos que se hayan generado entre particulares.

En este sentido, los Juzgados de Primera Instancia trabajan de forma estrecha con los problemas sociales que se suscitan entre los ciudadanos y el acontecer social del país.

Para ilustrar este punto puede ser relevante el siguiente ejemplo: el Juzgado de Primera Instancia regula y emite sentencia en los casos de disputas entre el dueño de un inmueble y el inquilino, si hubiere retrasos en los pagos. También interviene en los casos de ocupación ilegal de una vivienda.

Actuaciones en Derecho de Familia

Otro ejemplo de actuación del Juzgado de Primera Instancia es la resolución de conflictos en los casos de derecho de familia tales como el divorcio, custodia compartida de los hijos o en los trámites de los derechos sucesorios (es decir, aquellos asuntos referidos al ámbito civil).

1. Salvo que expresamente se disponga otra cosa, será tribunal competente para conocer de los procedimientos a que se refiere este capítulo el Juzgado de Primera Instancia del lugar del domicilio conyugal. En el caso de residir los cónyuges en distintos partidos judiciales, será tribunal competente, a elección del demandante, el del último domicilio del matrimonio o el de residencia del demandado.

Los que no tuvieren domicilio ni residencia fijos podrán ser demandados en el lugar en que se hallen o en el de su última residencia, a elección del demandante y, si tampoco pudiere determinarse así la competencia, corresponderá ésta al tribunal del domicilio del actor.

2. En el procedimiento de separación o divorcio de mutuo acuerdo a que se refiere el artículo 777, será competente el Juzgado del último domicilio común o el del domicilio de cualquiera de los solicitantes.

3. En los procesos que versen exclusivamente sobre guarda y custodia de hijos menores o sobre alimentos reclamados por un progenitor contra el otro en nombre de los hijos menores, será competente el Juzgado de Primera Instancia del lugar del último domicilio común de los progenitores. En el caso de residir los progenitores en distintos partidos judiciales, será tribunal competente, a elección del demandante, el del domicilio del demandado o el de la residencia del menor.

4. El tribunal examinará de oficio su competencia.

Son nulos los acuerdos de las partes que se opongan a lo dispuesto en este artículo.

Artículo 769 de la Ley de Enjuiciamiento Civil

Su principal objetivo es resolver litigios entre ciudadanos o entre estos y autoridades, con eficacia de cosa juzgada, es decir, con sentencia firme (si bien esta se puede recurrir ante un Juzgado de Segunda Instancia, ante la Audiencia Provincial o ante el Tribunal Superior de Justicia).

Como hemos visto, la principal diferencia entre un Tribunal y un Juzgado es que en este último solo es una persona quien ostenta el cargo más alto: el juez o la jueza, y es esta persona quien tramita las reclamaciones judiciales, exceptuando las que se hayan resuelto antes en los Juzgados de Paz.

En un Tribunal hay varias magistradas o magistrados que juzgan, y uno de ellos es el presidente de ese tribunal. De forma habitual, resuelven asuntos juzgados en primera instancia que han sido recurridos por no estar de acuerdo los interesados con la sentencia.