Condiciones de trabajo con contrato de una ETT


Condiciones de trabajo con contrato de una ETT

La empresa usuaria establece un contrato de servicios con la empresa de trabajo temporal. Se trata de un contrato mercantil entre ambas partes, cuyas condiciones serán particulares para cada caso.

El salario que recibe un trabajador contratado por una ETT está orientado y amparado por los convenios existentes en cada área de desempeño profesional o artesanal, es decir, que será el mismo que recibe un trabajador de esa misma especialidad contratado directamente por una empresa usuaria.

El trabajador contratado a través de una ETT disfrutará de los mismos derechos que aquellos que han sido contratados directamente por la empresa usuaria en materia de protección a las mujeres embarazadas, a la lactancia materna y a la igualdad de género.

En cuanto a la descripción de cargo, los objetivos que deberá cumplir el trabajador, su evaluación, horario y otras obligaciones serán establecidas por la empresa usuaria en la que el trabajador prestará sus servicios. Para el establecimiento y supervisión de estos aspectos, el trabajador contará con un supervisor en la empresa usuaria.

La empresa usuaria es la responsable de ofrecer al trabajador condiciones apropiadas de trabajo en cuanto a salud y seguridad, y de poner a su alcance y hacerlo participante activo de toda la normativa de seguridad relativa al trabajo.

La empresa usuaria deberá mantener informada a la ETT sobre el desempeño del trabajador, su evaluación, viajes, necesidades de formación, permisos, vacaciones y otros aspectos de la actividad laboral, con la finalidad de que la ETT pueda realizar los procesos administrativos que requiera el trabajador (pago de nómina, bono vacacional, inscripción en cursos, congresos y otras actividades de adiestramiento y desarrollo, arreglos de pasajes y alojamientos en caso de viajes de trabajo, entre otros).