¿Cuál es la legítima de los ascendientes?


¿Cuál es la legítima de los ascendientes?

El testador que no tenga hijos o descendientes, pero sí padres o ascendientes, podrá disponer:

  • De la mitad de su haber hereditario de legítima, la que corresponde a hijos o descendientes, de manera libre.
  • La otra mitad es la que se debe entregar a los ascendientes.

En cuanto a la fracción a la que accede cada uno, dependerá de las circunstancias especiales de cada caso. La normativa vigente recoge que:

  • Cuando la legítima es para los padres se divide en partes iguales.
  • Si existen ascendientes de un mismo grado entre los maternos y paternos, también se divide por partes iguales.
  • Cuando hay ascendientes en diferente grado, la legítima es entregada al que tenga una mayor cercanía en cuanto a grado de parentesco.

Por otra parte, cuando en el momento de repartir la herencia concurren los ascendientes con el cónyuge que ha sobrevivido al causante, los ascendientes tienen derecho a una tercera parte.