Cuantía de la prestación por incapacidad temporal
La prestación se determinará en función de la situación del trabajador en el momento de la baja y de la naturaleza del hecho causante de la incapacidad, según sea laboral o no.
Como vemos, tratándose de enfermedad común o accidente no laboral, el trabajador percibirá el 60% de la base reguladora desde el primer día de la cobertura —esto es, el cuarto desde la baja— hasta el día veinte. A partir del día veintiuno en adelante percibirá el 75% de la base reguladora.
En cambio, si la naturaleza de la incapacidad es laboral, el trabajador tendrá derecho, como acabamos de ver, a percibir la prestación desde el mismo momento de iniciada la baja y en el 100% de la cuantía ese primer día. A partir del día siguiente la prestación será del 75%.