¿Cuánto y cómo se paga de Impuesto de Actos Jurídicos Documentados?


¿Cuánto y cómo se paga de Impuesto de Actos Jurídicos Documentados?

El impuesto consta de una parte fija y una variable que se variará según diferentes factores. La parte fija se constituye en el 0,15 euros por cada folio del documento.

En lo que respecta a la parte variable puede oscilar entre el 0,5% y el 2% de la responsabilidad hipotecaria. Esta diferencia depende de la Comunidad Autónoma y del valor del bien sobre el cual se grava el impuesto.

El IAJD en las hipotecas

Uno de los elementos que aumenta el valor de los préstamos hipotecarios es el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. Cuando una persona accede a una hipoteca debe sumar el valor de este tributo a su responsabilidad hipotecaria.

El porcentaje dependerá de la Comunidad Autónoma. En el siguiente listado se pueden visualizar estas diferencias y lo que implica sobre un valor de 300.000 euros.

  • Navarra
    • Impuesto AJD (%): 0,50
    • Cuota sobre 300.000 euros = 1500
  • Madrid
    • Impuesto AJD (%): 0,75
    • Cuota sobre 300.000 euros = 2250
  • La Rioja
    • Impuesto AJD (%): 1
    • Cuota sobre 300.000 euros = 3000
  • Galicia
    • Impuesto AJD (%): 1,5
    • Cuota sobre 300.000 euros = 4500
  • Cataluña
    • Impuesto AJD (%): 2
    • Cuota sobre 300.000 euros = 6000

Si se observa la diferencia entre aquellas que aplican un mínimo y un máximo es significativa. Este tributo debe ser pagado por quien adquiere la hipoteca y es un valor agregado a su inversión.

Es por ese motivo que ciertas Comunidades Autónomas tienen un porcentaje menor con el fin de facilitar a las familias un acceso a su vivienda.

Plazos

Para el ingreso del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados se fijan 30 días laborables a contar desde el día siguiente a la operación.

¿Dónde y qué presentar?

Los interesados deben abonar, en el plazo establecido, el IAJD en la Delegación de Hacienda de la Comunidad Autónoma correspondiente.

Debe aportar la siguiente documentación:

  1. El impreso Oficial.
  2. DNI o CIF.
  3. Primera copia y copia simple de la escritura pública.
  4. Original y copia del contrato.