Pasos para la concesión administrativa de obras públicas


Pasos para la concesión administrativa de obras públicas

La entidad pública que decida realizar una concesión administrativa debe cumplir con una serie de pasos que garanticen el éxito del proyecto.

Viabilidad

La primera fase es realizar un estudio de viabilidad de la obra en la cual se evalúan diferentes variables. En este momento se intenta establecer la conveniencia de esta a las necesidades o interés público. Incluye:

  • Objetivos de la obra.
  • Uso, afectación y ventajas posibles.
  • Adecuación a las normas vigentes.
  • Impacto ambiental.
  • Riesgos y costes.
  • Posibilidades de financiación.
  • Justificación de la propuesta elegida.
  • Publicación del estudio de viabilidad, anteproyecto y proyecto definitivo.

Contrato de concesión

Las cláusulas particulares para conocimiento de los licitadores deberán incluir:

  • El objeto del contrato expresado de manera clara y concreta.
  • Condiciones exigidas a los posibles licitadores en cuanto a estado financiero, capacidad económica, técnica, etc.
  • Las instalaciones y otras obras que tuviera que hacer el concesionario.
  • Casos de resolución del contrato.
  • Posibilidad o no de uniones de empresas en la licitación.
  • Información que no puede faltar como tiempos previstos de inicio y finalización, plan económico y financiero para la obra, etc.
  • Lugar y fecha de presentación.

Los licitadores también tienen la opción de sugerir y negociar modificaciones, entre las cuales se mencionan:

  • Sistema de actualización de costes y retribución.
  • Formas de afrontar los riesgos de ejecución de obras, distribución de afectación entre las partes.
  • Avales.
  • Otros derechos y obligaciones, cláusulas de penalización.

Ejecución de la obra

En esta fase se procede a la ejecución con las condiciones que se han pactado en el contrato de ejecución de la obra.

En algunos casos se hará por cuenta exclusiva del empresario, en otros con ayuda del ente público.

Verificación y apertura

Una vez finalizada la etapa de ejecución, la Administración deberá verificar que se han cumplido con las condiciones contractuales.

Se elabora un acta y con la aprobación ya es posible proceder a la apertura de la obra o al inicio de la prestación del servicio.