Prescripción de los delitos denunciables
Según las penas máximas establecidas para cada tipo de delito, la prescripción se establece en los siguientes plazos (artículo 131 del Código Penal):
- 20 años, para delitos cuya pena máxima es igual o superior a 15 años de prisión.
- 15 años, para aquellos casos que la pena máxima sea inhabilitación por más de 10 años o prisión igual o superior a 10 años e inferior a 15 años.
- 10 años, cuando los hechos delictivos denunciados prevén una pena de inhabilitación o prisión de entre 5 y 10 años.
- 5 años, para el resto de los delitos.
- 1 año, delitos leves.
En penas compuestas se considerará la que prevea un mayor tiempo de prescripción. Lo mismo sucede con los supuestos de infracciones conexas o concurso de infracciones.
La ley establece que no prescriben:
- Delitos de lesa humanidad.
- Los de genocidio.
- Delitos de terrorismo cuando ocasionen la muerte de la persona.
- Delitos contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado.