Tributación de una Sociedad Agraria de Transformación


Tributación de una Sociedad Agraria de Transformación

La Sociedad Agraria de Transformación debe tributar el Impuesto sobre Sociedades al 35%.

A su vez tiene beneficios fiscales como:

  • Tanto en los actos de constitución como en la ampliación del capital tienen una exención del 100% en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
  • La reducción del 9% de la cuota de Impuesto sobre Actividades Económicas.