Tributación de una Sociedad Agraria de Transformación
La Sociedad Agraria de Transformación debe tributar el Impuesto sobre Sociedades al 35%.
A su vez tiene beneficios fiscales como:
- Tanto en los actos de constitución como en la ampliación del capital tienen una exención del 100% en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
- La reducción del 9% de la cuota de Impuesto sobre Actividades Económicas.