Regla general para la práctica de los asientos en el Registro Civil
Regla general para la práctica de los asientos en el Registro Civil 1. El Encargado de la Oficina del Registro Civil ante el que se presente el título o se formule la declaración practicará los asientos correspondientes de oficio o dictará resolución denegándolos en el plazo de cinco días. La inscripción de la defunción, no … Más información