Agencia Tributaria


Trámites y gestiones con la Agencia Tributaria


Obtener Certificados

Censales

  • Certificado IAE
  • Certificado residencia fiscal
  • Certificado Situación Censal
  • Certificado Condición de Sujeto Pasivo de IVA
  • Certificado Operadores Intracomunitarios
  • Certificado Entidad sin fines lucrativos
  • Certificado Importe neto de la cifra de negocios
  • Certificado Exención del impuesto sobre Sociedades
  • Certificado Exoneración de retención a los arrendadores de inmuebles

Declaraciones Tributarias

  • Certificados tributarios. Expedición de certificados tributarios. IRPF
  • Certificados tributarios. Expedición de certificados tributarios. Autoliquidaciones
  • Certificados tributarios. Expedición de certificados tributarios. IVA
  • Certificados tributarios. Expedición de certificados tributarios. Impuesto sobre Sociedades.
  • Certificados tributarios. Expedición de certificados tributarios. Resumen del 190

Situación Tributaria

  • Certificados tributarios. Expedición de certificados tributarios. Estar al corriente de obligaciones tributarias
  • Certificados. Expedición de certificados de ingresos realizados – Autoliquidaciones
  • Certificados. Expedición de certificados de deuda pendiente.
  • Certificados. Expedición de certificados de sucesión de actividad

Contratistas y subcontratistas

  • Certificados tributarios. Expedición de certificados tributarios. Contratistas y subcontratistas.

Resto de Certificados / Certificados genéricos

  • Certificados tributarios. Expedición de certificados tributarios. Certificado Genérico

Altas, modificaciones y bajas

A) Alta

  • [110] Solicitud de Número de Identificación Fiscal (N.I.F.)
  • [111] Alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores

B) Modificación

  • [120] Modificación domicilio fiscal
  • [120] Solicitud de N.I.F. definitivo, disponiendo de N.I.F. provisional
  • [121] Solicitud de nueva tarjeta acreditativa del N.I.F.
  • [122] Modificación domicilio fiscal. (páginas 2A, 2B y 2C)
  • [123] Modificación domicilio social o de gestión administrativa. (páginas 2A y 2B)
  • [124] Modificación y baja domicilio a efectos de notificaciones. (páginas 2A, 2B y 2C)
  • [125] Modificación otros datos identificativos / Dominio (páginas 2A, 2B y 2C)
  • [126] Modificación datos representantes. (página 3)
  • [127] Modificación datos relativos a actividades económicas y locales. (página 4)
  • [128] Modificación de la condición de Gran Empresa o Admón. Pública de presupuesto superior a 6.000.000 de euros. (página 5)
  • [129] Solicitud de inscripción/baja en el registro de devolución mensual. (página 5)
  • [130] Solicitud de alta/baja en el registro de operadores intracomunitarios. (página 5)
  • [131] Modificación datos relativos al Impuesto sobre el Valor Añadido. (página 5)
  • [132] Modificación datos relativos al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. (página 6)
  • [133] Modificación datos relativos al Impuesto sobre Sociedades. (página 6)
  • [134] Modificación datos relativos al Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes o a entidades en atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español. (página 6)
  • [135] Opción/renuncia por el Régimen fiscal especial del Título II de la Ley 49/2002. (página 6)
  • [136] Modificación datos relativos a retenciones e ingresos a cuenta. (página 7)
  • [137] Modificación datos relativos a otros Impuestos. (página 7)
  • [138] Modificación datos relativos a regímenes especiales del comercio intracomunitario. (página 7)
  • [139] Modificación datos relativos a la relación de socios, miembros o partícipes. (página 8)
  • [140] Dejar de ejercer todas las actividades empresariales y/o profesionales (personas jurídicas y entidades, sin disolución. Entidades inactivas)
  • [141] Fecha efectiva del cese
  • [142] Modificación y baja de datos de teléfonos y direcciones electrónicas para recibir avisos de la AEAT. (páginas 2A, 2B y 2C)
  • [143] Comunicación, opción y renuncia llevanza libros registro IVA en sede electrónica de la AEAT

C) Baja

  • [150] Baja en el censo de empresarios, profesionales y retenedores
  • [151] Causa de la baja
  • [152] Fecha efectiva de la baja

Todas las gestiones con la Agencia Tributaria

Impuestos y tasas

Aduanas

Censos, NIF y domicilio fiscal

Certificaciones

Recaudación

Beneficios fiscales y autorizaciones

Comprobaciones fiscales y procedimiento sancionador

Requerimientos y comunicaciones

Recursos, reclamaciones, otros procedimientos de revisión y suspensiones

Otros procedimientos tributarios

Procedimientos no tributarios

Otros servicios


Delegaciones y Administraciones de la Agencia Tributaria

El horario de atención al público en las Delegaciones y Administraciones de la Agencia Tributaria será, con carácter general, de 9 a 14 horas.

Desde el 1 de enero de 2015, para ser atendido en oficinas en la mayoría de los trámites, resulta  obligatorio solicitar cita previa.

Las oficinas de la Agencia Tributaria permanecerán cerradas los sábados y domingos, los días 24 y 31 de diciembre (excepto los Registros), así como los días festivos de carácter nacional.

En los ámbitos territoriales de las distintas Comunidades Autónomas y Entidades Locales también cerrarán los días que establezcan las respectivas Comunidades Autónomas en sus calendarios de días inhábiles.


¿Qué es la Agencia Tributaria?

La Agencia Tributaria, Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), conocida popularmente como «Hacienda», es un Ente de Derecho público de la Administración General del Estado española encargado de la gestión del sistema tributario y aduanero estatal, así como de los recursos de otras Administraciones y Entes Públicos, nacionales o de la Unión Europea, cuya gestión se le encomiende.

La Agencia Tributaria fue creada por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1991 (Ley 31/1990), de 27 de diciembre de 1990. Se constituyó el 1 de enero de 1992. Está configurada como un ente de derecho público dependiente de la Secretaría de Estado de Hacienda, la cual está integrada orgánicamente en el Ministerio de Hacienda.

La Agencia Tributaria tiene encomendada la aplicación efectiva del sistema tributario estatal y aduanero, así como de aquellos recursos de otras Administraciones Públicas nacionales o de la Unión Europea cuya gestión se le encomiende por ley o por convenio.

Para el cumplimiento de sus objetivos lleva a cabo dos tipos de actuación: por un lado, la prestación de servicios de información y asistencia al contribuyente, tratando de minimizar los costes indirectos que supone el cumplimiento de las obligaciones tributarias y, por otro, la persecución de los incumplimientos tributarios, mediante actuaciones de control.

La gestión integral del sistema tributario estatal y aduanero se materializa en un amplio conjunto de actividades, entre las que destacan:

  • La gestión, inspección y recaudación de tributos estatales excepto en el País Vasco y Navarra. (IRPF, IVA, Sociedades e Impuestos Especiales).
  • La realización de diferentes funciones relacionadas con los ingresos de las Comunidades Autónomas y Ciudades Autónomas.
  • La recaudación de ingresos de la Unión Europea.
  • La gestión aduanera y represión del contrabando.
  • La recaudación en período voluntario de tasas del Sector Público Estatal.
  • La recaudación en vía ejecutiva de ingresos de derecho público de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos.
  • La colaboración en la persecución de determinados delitos (contra la Hacienda Pública y de contrabando).

Otros

[catlist name=»agencia tributaria»]


 

Deja un comentario