¿Cómo se desarrolla el acto de conciliación laboral?


¿Cómo se desarrolla el acto de conciliación laboral?

Previamente a la presentación de la demanda, el solicitante, habitualmente el trabajador en desacuerdo con la empresa, presentará la llamada papeleta de conciliación para celebrar dicho acto.

La papeleta de conciliación se presenta de forma presencial o telemática por el solicitante o su representante ante el organismo encargado de la celebración de la misma en cada Comunidad Autónoma. El más habitual es el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC), pero hay otros servicios similares a este.

El día fijado por el organismo encargado acudirán el trabajador y el representante de la empresa. En nombre del trabajador puede acudir un abogado, procurador o graduado social, pero esta representación no es de obligado cumplimiento, pudiendo acudir el empleado en su propio nombre.

En caso de celebrarse, al finalizar el acto el letrado conciliador redactará un acta donde indicará si las partes han llegado a acuerdo o no. En caso de finalizar con acuerdo se reflejarán en el acta todos y cada uno de los puntos acordados, quedando firmada por ambas partes y por el letrado. Este acta será de obligado cumplimiento y tendrá la misma fuerza que una sentencia dictada por un juez.

Si finaliza sin avenencia se presentará el acta junto con la demanda ante el Juzgado de lo Social que corresponda.