¿Cómo se hace un testamento cerrado?


¿Cómo se hace un testamento cerrado?

El testamento cerrado es una forma de testamento en la cual el testador deposita su voluntad en un sobre cerrado, sellado y lacrado, que solo puede ser abierto por el juez competente tras el fallecimiento del testador. A continuación, se describe el procedimiento general para hacer un testamento cerrado:

  1. Redacción del testamento: El testador debe redactar su voluntad de forma clara y precisa, indicando sus deseos sobre la distribución de sus bienes y otros aspectos relevantes. Puede realizar este proceso personalmente o contar con la ayuda de un profesional del derecho, como un abogado o notario, para garantizar que el testamento cumpla con los requisitos legales.
  2. Preparación del sobre: Una vez redactado el testamento, el testador debe colocar el documento en un sobre opaco y cerrarlo de manera segura. Es importante que el sobre esté completamente sellado y lacrado para garantizar su inviolabilidad.
  3. Acudir ante el notario: El testador debe presentarse ante un notario público y solicitar que se haga constar la voluntad de hacer un testamento cerrado. El notario debe ser informado de la existencia del sobre y debe dejar constancia de ello en un acta notarial.
  4. Identificación y declaración: El testador debe identificarse ante el notario presentando su documento de identificación válido, como un pasaporte o DNI. Además, debe declarar expresamente que el sobre depositado contiene su testamento y que desea que se mantenga cerrado hasta su fallecimiento.
  5. Depósito y custodia: El notario recibirá el sobre cerrado y lo conservará en un lugar seguro. El notario debe extender un acta notarial donde se haga constar la fecha y lugar de la recepción del sobre y la identidad del testador.
  6. Registro y sellado: El notario debe registrar el testamento cerrado en un registro correspondiente y colocar en el sobre un sello o etiqueta que garantice su inviolabilidad.

Es importante tener en cuenta que el procedimiento puede variar según la legislación de cada país. Por lo tanto, es recomendable buscar asesoramiento legal específico y consultar las leyes y regulaciones aplicables en la jurisdicción correspondiente para realizar un testamento cerrado de acuerdo con los requisitos legales vigentes.

La persona que va a hacer un testamento cerrado debe escribir en una hoja, bien sea a mano o imprimiendo después de haberlo redactado en medios electrónicos, cuáles son sus últimas voluntades y explicar claramente cómo quiere que se distribuyan los bienes que deja al fallecer.

Este documento debe especificar día, mes y año en que se escribió y deber ser un escrito limpio, sin tachaduras.

En caso de que el documento incluya inevitablemente alguna tachadura, enmienda o corrección, deberá hacerse una nota que explique la misma, de tal manera que se pueda estar seguro que la enmienda, tachadura o corrección se aplican, es decir, deben ser tomadas en cuenta. Pero esto debe evitarse en la medida de lo posible.

El documento debe estar firmado, según como establece el artículo 706 del Código Civil.

El testamento cerrado habrá de ser escrito.

Si lo escribiese por su puño y letra el testador pondrá al final su firma.

Si estuviese escrito por cualquier medio técnico o por otra persona a ruego del testador, este pondrá su firma en todas sus hojas y al pie del testamento. Si el testamento se ha redactado en soporte electrónico, deberá firmarse con una firma electrónica reconocida.

Cuando el testador no sepa o no pueda firmar, lo hará a su ruego al pie y en todas las hojas otra persona, expresando la causa de la imposibilidad.

En todo caso, antes de la firma se salvarán las palabras enmendadas, tachadas o escritas entre renglones.

Artículo 706 del Código Civil