¿Cómo se renuncia a la legítima?


¿Cómo se renuncia a la legítima?

El Código Civil no permite la renuncia a la legítima en vida del causante. Ya sea por acuerdo entre las partes, o renuncia antes de la apertura de la sucesión, es sancionable y se anula.

Si el legitimario decide desistir de la legítima después del fallecimiento y ya realizada la sucesión, solo será aceptada si:

  • Es presentada de manera clara, expresa, explícita y sin dejar ninguna duda de la seguridad de su pretensión.
  • Debe ser firmada ante notario público.