¿Cómo solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE)?


Requisitos para solicitar Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE)

Los interesados en solicitar la TIE deben cumplir con determinados requisitos vinculados a permisos y documentación. Estos son:

  1. Poseer un visado o autorización para permanecer en el país por un plazo superior a los 6 meses.
  2. Existe una modificación en la situación legal del titular o en su condición laboral que incluyen la renovación de la autorización para residir en España.
  3. La Tarjeta de Identidad de Extranjero que ya poseía ha sido robada, extraviada o deteriorada.

Los extranjeros deberán presentar:

  • Original y copia de los documentos de identidad, pasaporte o título de viaje.
  • Modelo de solicitud EX 17 cumplimentado, firmado y por duplicado.
  • Tres fotografías de carnet, en color y fondo blanco.
  • Acreditación del pago de tasa de tarjeta de identidad de extranjero.
  • Documento que acredite la afiliación o el alta a la Seguridad Social.
  • Denuncia de robo, extravío o presentación de tarjeta deteriorada en los casos que corresponda.

Procedimiento para la solicitud de la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE)

La solicitud debe ser presentada por el extranjero interesado personalmente. También está habilitada la sede telemática de la administración pública para algunas provincias.

Plazo para presentar la solicitud de la tarjeta de identidad de extranjero

Se dispone de un mes a partir de que:

  • Se ingresa al territorio español.
  • Se otorga la autorización.
  • Cobra vigencia la autorización.
  • Se produjo el robo, extravío, inutilización o destrucción de la tarjeta de identificación de extranjero.

Lugar de presentación

La solicitud se presenta en:

  • La Oficina de Extranjería correspondiente.
  • La Comisaría de Policía de la provincia en que se tramitó la autorización.

En el caso de los titulares que registren sus domicilios en Madrid, que gocen de la condición de exiliados, deberán cumplimentar sus trámites en los servicios policiales de la Oficina de Asilo y Refugio.

Tasas de la Tarjeta de Identificación de Extranjero

Para obtener la TIE es requisito acreditar el pago de la tasa. Solo están exceptuados quienes hayan adquirido un permiso de residencia o de trabajo temporal.

El importe de las tasas varía en función del tipo de autorización que se otorgue. Para ello hay que utilizar el modelo 012 que se corresponde con cada situación:

  • Tarjeta que documenta la primera concesión de la autorización de residencia temporal, de estancia o de trabajadores.
  • Tarjeta que documenta la renovación o prórroga de la autorización de residencia temporal, prórroga de estancia o de trabajadores transfronterizos.
  • Tarjeta que documenta la autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales.
  • Tarjeta que documenta la autorización de residencia de larga duración o residencia de larga duración-UE.

Vigencia

La vigencia de la Tarjeta de Identificación de Extranjero será la que se expida en la autorización o derecho que sirva para justificar su expedición.

Esta se acaba cuando:

  • Caduque la autorización según las causas reglamentarias establecidas.
  • Se pierda el derecho de permanencia en el territorio.

Una vez finalizada la vigencia se entregará la documentación en la Comisaría de Policía o en la Oficina de Extranjería.

Si la solicitud es por robo, extravío, deterioro, la vigencia será por los días que restan a la emisión original. Si por el contrario es necesario renovar el permiso, la tramitación se realizará en conjunto.

Emisión

Una vez realizados todos los pasos pertinentes, se realiza su impresión y se envía a la sede donde se realizó la notificación de su resolución.

Desde allí se informa al titular para que, con cita previa, recoja su tarjeta de identificación de extranjero.