Incompatibilidades del salario de tramitación


Incompatibilidades del salario de tramitación

Hay que tener en cuenta que los salarios de tramitación cubren las rentas salariales de las que el trabajador fue privado injustamente. Por tanto, resultan incompatibles:

  • Con la indemnización por despido. Esta solo se abona cuando el despido es definitivo. Así, al no volver a su puesto de trabajo, el empleado no tendrá derecho a salario de tramitación alguno.
  • Con la prestación por desempleo. El efecto del abono del salario de tramitación es la cobertura de la nómina no abonada por no haber prestado trabajo. Al anularse el despido y recuperarse el puesto de trabajo, el empleado no habrá estado en situación legal de desempleo, lo cual implica que debe devolver la cantidad que haya percibido en concepto de esta prestación. Será la empresa la encargada de descontar esta cantidad de los salarios de tramitación para ingresarlos a la entidad gestora.
  • Con los salarios percibidos en otra empresa. Como hemos indicado, encontrar un nuevo trabajo finaliza el cómputo de los días de salario a percibir en concepto de salarios de tramitación. Esto se debe a que el salario percibido en la nueva empresa resulta incompatible con el que se habría percibido en la antigua o, en este caso, con los salarios de tramitación.