Marco legal del finiquito


Marco legal del finiquito

El finiquito está regulado por:

  • El Estatuto de los Trabajadores en sus artículos 3, fuentes de la relación laboral, y 49 sobre extinción de la misma.
  • Normas específicas, en caso de existir, del convenio colectivo.
  • El Código Civil en todos lo que no establezca dicho marco legal sobre validez de contratos, ya que no existe una normativa especial sobre la forma y contenido del documento de finiquito.

2. El empresario, con ocasión de la extinción del contrato, al comunicar a los trabajadores la denuncia, o, en su caso, el preaviso de la extinción del mismo, deberá acompañar una propuesta del documento de liquidación de las cantidades adeudadas.

El trabajador podrá solicitar la presencia de un representante legal de los trabajadores en el momento de proceder a la firma del recibo del finiquito, haciéndose constar en el mismo el hecho de su firma en presencia de un representante legal de los trabajadores, o bien que el trabajador no ha hecho uso de esta posibilidad. Si el empresario impidiese la presencia del representante en el momento de la firma, el trabajador podrá hacerlo constar en el propio recibo, a los efectos oportunos.

Artículo 49.2 del Estatuto de los Trabajadores