Procedimiento del divorcio de mutuo acuerdo ante notario


Procedimiento del divorcio de mutuo acuerdo ante notario

En España, existe la opción de realizar el divorcio de mutuo acuerdo ante notario, lo cual es una alternativa al procedimiento judicial. A continuación, se describe el procedimiento general para el divorcio de mutuo acuerdo ante notario:

  1. Elección del notario: Ambos cónyuges deben acordar la elección de un notario que será el encargado de llevar a cabo el divorcio. Pueden seleccionar cualquier notario de su preferencia, no necesariamente el que se encuentra en su lugar de residencia.
  2. Redacción del convenio regulador: Al igual que en el procedimiento judicial, los cónyuges deben llegar a un acuerdo sobre todas las cuestiones relacionadas con el divorcio, como la custodia de los hijos, el régimen de visitas, la pensión alimenticia, la liquidación de bienes, entre otros. Este acuerdo debe ser redactado en un convenio regulador, el cual debe cumplir con los requisitos legales y reflejar las decisiones tomadas por ambas partes.
  3. Asesoramiento legal: Aunque no es obligatorio, se recomienda que cada cónyuge cuente con asesoramiento legal independiente para garantizar que sus intereses estén protegidos y se cumplan los requisitos legales.
  4. Comparecencia ante el notario: Ambos cónyuges deben acudir al notario seleccionado en una fecha y hora convenida. El notario verificará la identidad de las partes y revisará el convenio regulador y demás documentos necesarios.
  5. Ratificación del convenio regulador: Una vez que el notario ha revisado y constatado que el convenio regulador cumple con los requisitos legales y respeta los derechos e intereses de las partes y, en su caso, de los hijos menores, procederá a ratificarlo. Esto implica que el notario certificará que el convenio ha sido firmado voluntariamente y se encuentra en conformidad con la ley.
  6. Inscripción en el Registro Civil: Después de la ratificación ante el notario, el convenio regulador debe ser inscrito en el Registro Civil correspondiente para que tenga efectos legales y se actualice el estado civil de los cónyuges.

Es importante tener en cuenta que, al igual que en el procedimiento judicial, el divorcio de mutuo acuerdo ante notario requiere que exista un acuerdo entre ambas partes en relación con todas las cuestiones del divorcio. Además, es fundamental buscar el asesoramiento de un notario y, en su caso, de un abogado para garantizar el cumplimiento de los requisitos legales y proteger los derechos e intereses de ambas partes.

Cabe mencionar que este es un procedimiento general y los detalles y requisitos pueden variar según la jurisdicción y las circunstancias individuales de cada caso. Por lo tanto, es recomendable consultar con un notario especializado en derecho de familia en España para obtener información precisa y actualizada sobre el procedimiento del divorcio de mutuo acuerdo ante notario en su caso particular.

El divorcio ante notario tiene ciertas particularidades que lo diferencian, en parte, del divorcio judicial.

En primer lugar, solo es posible si no hay hijos menores o dependientes de los padres y tampoco hay embarazo al momento de solicitar el divorcio.

Los demás requisitos son prácticamente los mismos. Sin embargo, aunque es necesaria la presencia de un abogado para que firme en representación de los futuros divorciados la escritura de divorcio, no es necesaria la participación de un procurador.

En el divorcio ante notario, además, la ratificación de la voluntad de divorcio y del convenio se realizan en el mismo acto.

Por otra parte, si hay hijos mayores de edad o emancipados que carezcan de ingresos propios y convivan en el domicilio familiar, también deben estar presentes en el momento del otorgamiento de la escritura de divorcio para prestar su consentimiento.

La ventaja del divorcio ante notario es que las partes son quienes deciden los tiempos. No dependen de la citación del Juzgado para ratificar y que posteriormente se dicte Sentencia sino que una vez firmado el convenio, se reservará cita en la Notaría para la firma en el momento que consideren. Es frecuente en supuestos de cónyuges que residan en el extranjero y se desplacen directamente para la firma en la Notaría.