Procedimiento sancionador abreviado
Los procedimientos administrativos son susceptibles de una tramitación simplificada si se cumplen los siguientes requisitos:
- Por razones de interés público o no complejidad del procedimiento.
- La resolución debe ser en un plazo de 30 días como máximo.
- Los trámites se limitan a inicio, alegaciones, audiencia, informes, dictamen.
Finalización del procedimiento abreviado
Se procede a finalizar con el procedimiento abreviado y dar continuidad al ordinario si:
- Se requieren otro tipo de trámites que excedan los aceptados en un procedimiento abreviado.
- Se expresa oposición de interesados en el caso.
- Así lo considera el órgano competente.