¿Qué es un contrato fijo discontinuo?


¿Qué es un contrato fijo discontinuo?

Un contrato fijo discontinuo, también conocido como contrato de trabajo de carácter discontinuo, es un tipo de contrato laboral que se utiliza para regular la relación laboral en aquellos casos en los que existe una intermitencia en la prestación de servicios.

Las características principales de un contrato fijo discontinuo son las siguientes:

  1. Intermitencia en la prestación de servicios: En este tipo de contrato, la actividad laboral se realiza en períodos alternados o de forma discontinua, dependiendo de las necesidades del empleador. Por ejemplo, puede ser utilizado en sectores como la hostelería, el turismo o la agricultura, donde la demanda de trabajo varía según las temporadas o eventos específicos.
  2. Vinculación laboral continua: Aunque la prestación de servicios no es continua a lo largo del año, el contrato fijo discontinuo mantiene una vinculación laboral continua entre el trabajador y el empleador. Es decir, el empleado tiene un contrato de trabajo vigente durante todo el año, a pesar de que la actividad laboral se desarrolle de forma intermitente.
  3. Obligación de llamamiento: El empleador está obligado a convocar al trabajador cuando se presente la necesidad de prestación de servicios. El llamamiento debe realizarse con una antelación mínima establecida por la legislación laboral o el convenio colectivo aplicable.
  4. Derecho a la reactivación del contrato: El trabajador tiene derecho a ser reactivado en cada período de actividad, es decir, cuando se presente la necesidad de prestar servicios. Esto implica que el empleador debe ofrecer al trabajador la oportunidad de reincorporarse al trabajo en cada ocasión que se requiera su labor.
  5. Derechos y prestaciones laborales: El trabajador con contrato fijo discontinuo tiene los mismos derechos y prestaciones laborales que un empleado con contrato a tiempo completo o a tiempo parcial equivalente. Esto incluye derechos salariales, vacaciones proporcionales, seguridad social, protección en caso de despido y otros beneficios establecidos en la legislación laboral o el convenio colectivo.

Es importante destacar que las condiciones específicas de un contrato fijo discontinuo pueden variar según la legislación laboral de cada país y el convenio colectivo aplicable. Por lo tanto, es recomendable consultar la normativa local para obtener información precisa y actualizada sobre este tipo de contrato.

El contrato fijo discontinuo es aquel que está regulado por el artículo 16 del Estatuto de los Trabajadores. Se trata de una modalidad de contrato indefinido pese al carácter intermitente del mismo, por lo que la persona que firma este tipo de contrato solo trabaja durante un período determinado de tiempo al año, mientras que en el resto del año la relación laboral se mantiene suspendida.

El contrato fijo discontinuo es una modalidad de contrato indefinido pese a su carácter intermitente.

El tipo de contrato laboral ha sido modificado y está especialmente diseñado y pensado para hacer trabajos en empresas que se repiten con una fecha incierta dentro de la actividad laboral.

En este sentido, el Estatuto de los Trabajadores indica que se trata de un modelo de contrato de tiempo indefinido, el cual es concertado con el objetivo de realizar tareas o trabajos que sean considerados de naturaleza estacional o que estén directa o indirectamente relacionados con actividades productivas de la temporada.

1. El contrato por tiempo indefinido fijo-discontinuo se concertará para la realización de trabajos de naturaleza estacional o vinculados a actividades productivas de temporada, o para el desarrollo de aquellos que no tengan dicha naturaleza pero que, siendo de prestación intermitente, tengan periodos de ejecución ciertos, determinados o indeterminados.

El contrato fijo-discontinuo podrá concertarse para el desarrollo de trabajos consistentes en la prestación de servicios en el marco de la ejecución de contratas mercantiles o administrativas que, siendo previsibles, formen parte de la actividad ordinaria de la empresa.

Asimismo, podrá celebrarse un contrato fijo-discontinuo entre una empresa de trabajo temporal y una persona contratada para ser cedida, en los términos previstos en el artículo 10.3 de la Ley 14/1994, de 1 de junio, por la que se regulan las empresas de trabajo temporal.

Artículo 16.1 del Estatuto de los Trabajadores

De igual forma, también es un modelo de contrato ideal para otro tipo de trabajos que, pese a no tener la naturaleza estacional como los anteriores, también tengan unos períodos específicos de ejecución, ya sea de forma determinada o indeterminada.

Aspectos importantes tras la reforma laboral

Tras la reforma laboral del año 2022, se equiparan los derechos de los trabajadores fijos-discontinuos con los indefinidos, incluyendo la indemnización por despido.

Además, las Empresas de Trabajo Temporal (ETT) pueden utilizar este tipo de contratos y desaparece pues el contrato de obra y servicio.