Tipos de usufructo


Tipos de usufructo y características de cada uno

El usufructo es un derecho real que permite a una persona (llamada usufructuario) utilizar y disfrutar de un bien o propiedad que pertenece a otra persona (llamada nudo propietario), con la obligación de conservar el bien y restituirlo al propietario al finalizar el usufructo. A continuación, se presentan algunos tipos de usufructo comunes:

  1. Usufructo vitalicio: Es el tipo más común de usufructo, en el cual el usufructuario tiene el derecho de usar y disfrutar del bien durante toda su vida. Al fallecer el usufructuario, el usufructo se extingue y el bien retorna al propietario o pasa a los herederos designados.
  2. Usufructo temporal: En este caso, el usufructuario tiene el derecho de utilizar y disfrutar del bien por un período de tiempo específico, que puede ser determinado o determinable. Una vez que expire el plazo establecido, el usufructo termina y el bien vuelve al propietario.
  3. Usufructo por un hecho o condición: El usufructo puede establecerse para que comience o termine cuando ocurra un evento o condición específica. Por ejemplo, el usufructo puede estar condicionado a que el usufructuario se case, se gradúe, o al cumplimiento de cualquier otra condición acordada entre las partes.
  4. Usufructo simultáneo: En este caso, el usufructo se concede a varias personas al mismo tiempo. Cada usufructuario tiene el derecho de utilizar y disfrutar del bien de forma simultánea pero no de manera exclusiva. Al finalizar el usufructo, el bien retorna al propietario o a los herederos designados.
  5. Usufructo de bienes específicos: El usufructo puede limitarse a bienes específicos dentro de un patrimonio. Por ejemplo, el usufructo puede otorgarse solo sobre una vivienda, una parcela de tierra o una colección de arte determinada.

Estos son solo algunos ejemplos de tipos de usufructo que existen. Las características y condiciones específicas de cada usufructo pueden ser acordadas entre las partes y reguladas por la legislación del país correspondiente. Es importante consultar la legislación aplicable y recibir asesoramiento legal para comprender los derechos y obligaciones asociados a cada tipo de usufructo.

A continuación también distinguiremos según la forma de constitución, el objeto sobre el que recae y la duración del usufructo.


Tipos de usufructo según su constitución

El usufructo se constituye por la ley, por voluntad de los particulares y por usucapión.

Usufructo legal

Es el usufructo constituido por disposición legal.

Actualmente, en nuestro derecho solo existe el usufructo legal del cónyuge viudo.

El cónyuge viudo, no separado legalmente o de hecho en el momento del fallecimiento, tendrá derecho a recibir como legítima:

  • El usufructo del tercio de mejora, si concurre a la herencia con hijos o descendientes.
  • El usufructo de la mitad de la herencia, si no hay hijos, pero sí ascendientes.
  • El usufructo de los dos tercios de la herencia, no existiendo descendientes ni ascendientes.

Usufructo voluntario

La fuente principal de constitución del usufructo es el título constitutivo por acuerdo de los interesados.

Este título constitutivo podrá ser:

  • Inter-vivos: Mediante acuerdo de los interesados en vida. Por ejemplo, una persona compra una finca y reserva el usufructo a su padre.
  • Mortis causa. Mediante testamento. Por ejemplo, el testador podrá dejar el usufructo de su vivienda a un hijo y la nuda propiedad a un nieto.

Usufructo por usucapión

La usucapión o prescripción adquisitiva es una forma de adquirir la propiedad de un bien, si se cumplen unos requisitos y plazos legales.


Tipos de usufructo según su objeto

El objeto del usufructo puede ser:

  • Usufructo de Bienes materiales (muebles o inmuebles).
  • Usufructo de Derechos.

El usufructo podrá recaer sobre:

  • Toda la cosa.
  • Parte de ella.
  • Una cuota si la propiedad pertenece a varias personas (proindiviso).

Se pueden distinguir, entre otros, los siguientes tipos de usufructos especiales según su objeto:

Usufructo sobre bienes materiales:

Cosas deteriorables

El usufructuario podrá servirse de las cosas que sin consumirse se deterioran poco a poco por su uso o el paso del tiempo.

En este caso, el usufructuario deberá:

  • Emplearlas según su destino.
  • Devolverlas en el estado en que se encuentren, al finalizar el usufructo.
  • Indemnizar al propietario del deterioro ocasionado por su culpa.

Ejemplo: Un bien deteriorable sería una estatua o un cuadro que se deterioran con el paso del tiempo pero no se consumen.

Cosas consumibles

Si la cosa usufructuada no se puede usar sin consumirse, el usufructuario podrá servirse de ellas y deberá:

  • Pagar el importe de su valor al terminar el usufructo.
  • Si no se han dado valoradas, restituir una cantidad igual o pagar su precio.

Ejemplo: Usufructo de dinero.

Montes

El usufructuario disfrutará todos los aprovechamientos que pueda éste producir según su naturaleza.

Árboles plantaciones arbóreas

El usufructo puede recaer sobre viñas, olivares y otros arbustos.

El usufructuario podrá percibir los frutos naturales derivados de dichas plantaciones.

Ganado o rebaño

En este caso, el usufructuario deberá reemplazar las crías de las cabezas de ganado que mueran al año, de manera ordinaria o por ataque de depredadores.

Usufructo sobre derechos

El usufructo puede recaer sobre un derecho, siempre que no sea personalísimo o intransmisible.

El usufructuario adquiere los beneficios o utilidades que le reporta el derecho usufructuado.

Por ejemplo: Usufructo sobre un derecho de crédito. El usufructuario recibirá únicamente los intereses.


Tipos de usufructo según su duración

Usufructo temporal

Es aquel que se concede por un plazo de tiempo determinado. Este plazo, por regla general, se fija en el título constitutivo del usufructo.

Usufructo vitalicio

Es aquel cuya duración termina cuando muere el usufructuario.