Características de la expropiación
La expropiación ostenta una serie de características que son el punto común en todos los procedimientos expropiatorios, como son lo siguientes:
- Tiene carácter coactivo u obligatorio: Es decir, la Administración reclama el bien o derecho, sin que el interesado le haya dado permiso, ni se lo haya ofrecido, por lo que se puede decir que es una decisión unilateral del sujeto expropiante.
- Dan lugar a una indemnización: Las personas expropiadas a consecuencia del proceso expropiatorio y de la cesión del bien, con carácter general, tienen derecho a una indemnización como consecuencia de los perjuicios que le haya podido causar la reclamación de la propiedad del bien.
- El ámbito de actuación de las expropiaciones es muy diverso, puede realizarse una expropiación por razones de interés social, urbanísticas, de obras públicas, transportes o telecomunicación, etc.
- Pueden darse expropiaciones parciales sobre una parte de las facultades o utilidades de la cosa o el derecho, como por ejemplo, la imposición de un censo, un arrendamiento, la ocupación temporal o la mera cesación en el ejercicio de un derecho.