¿Cómo se pagan las horas extraordinarias?


¿Cómo se pagan las horas extraordinarias?

Por convenio colectivo, o en defecto de este por contrato, se tiene que optar entre pagar las horas extraordinarias en la cuantía acordada, o bien compensarlas por tiempos equivalentes de descanso retribuido.

Si se escoge pagar las horas extraordinarias, en ningún caso se podrá hacer por valor inferior al de las horas en jornada ordinaria. Y si no se pacta nada en relación a este tema, se compensarán por descanso en los 4 meses siguientes a la fecha en que sean realizadas.

1. Tendrán la consideración de horas extraordinarias aquellas horas de trabajo que se realicen sobre la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo, fijada de acuerdo con el artículo anterior. Mediante convenio colectivo o, en su defecto, contrato individual, se optará entre abonar las horas extraordinarias en la cuantía que se fije, que en ningún caso podrá ser inferior al valor de la hora ordinaria, o compensarlas por tiempos equivalentes de descanso retribuido. En ausencia de pacto al respecto, se entenderá que las horas extraordinarias realizadas deberán ser compensadas mediante descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realización.

Artículo 35.1 del Estatuto de los Trabajadores