Postulación de un juicio verbal
Para conocer quiénes pueden ser parte de un juicio verbal, hemos de atender a los artículo 23 y artículo 31 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Así, podemos considerar lo siguiente:
- Para los juicios verbales por materia, será obligatoria la presencia de abogado y procurador.
- Para los juicios verbales por cuantía:
- Si la cuantía fuera superior a dos mil euros, será preceptiva la intervención de abogado y procurador.
- Si la cuantía fuera inferior a dos mil euros, la representación será facultativa. Si alguna de las partes (actor o demandado) quisiera que hubiera abogado y procurador, deberán dejar constancia de ello ante el Tribunal.