Registro de los estatutos de la comunidad de vecinos


Registro de los estatutos de la comunidad de vecinos

Del mismo modo que no es obligación la elaboración de los estatutos, tampoco lo es su inscripción en el Registro de la Propiedad. Pero, si se ha decidido de manera voluntaria constituirlos, lo ideal es que también se inscriban. No solo se trata de un trámite formal, sino que tendrá efectos en los nuevos propietarios.

  • Cuando los estatutos están registrados, implica que cualquier persona que adquiera un local comercial o vivienda, queda afectada a éstos.
  • Si los estatutos de la comunidad de vecinos no se inscriben en el Registro de Propiedad, cuando un nuevo propietario ingrese en la Comunidad, no estará afectado a los derechos y obligaciones establecidos en el documento.