¿Cuál es el orden a seguir si los bienes de la herencia no cubren los legados?
Cuando los bienes de la herencia no pueden cubrir la totalidad de los legados, se deberá seguir el siguiente orden:
- Legados remuneratorios.
- Legados de cosa determinada y cierta.
- Los declarados como preferentes por el testador.
- Los legados de alimentos.
- Los legados de educación.
- Los demás a prorrata.