Derecho Positivo o Derecho Natural (Iuspositivismo vs Iusnaturalismo)


Derecho Positivo o Derecho Natural (Iuspositivismo vs Iusnaturalismo)

El derecho positivo es una creación del ser humano, obedece a un pacto social y jurídico y cuya finalidad es alcanzar el bienestar social y la armoniosa convivencia entre los ciudadanos, apoyándose en que es el hombre quien crea el Estado y, por ello, quien ha constituido los poderes desde los cuales se manifestará su soberanía.

Como contraposición de esto, se presenta el derecho natural que se refiere a aquellos derechos que son inherentes al ser humano determinados por su propia naturaleza. Se basa en la existencia de normas universales, anteriores y preexistentes.

De aquí que se diferencian dos corrientes filosóficas identificadas como iuspositivismo e iusnaturalismo, básicamente diferenciadas por la creencia en el origen del Derecho. Para el primer caso será el soberano (el ser humano) quien crea el derecho basado sustancialmente en la separación de la moral y el derecho en sí. En el segundo caso, se establece una universalidad de derechos en función de un origen natural.

Otra diferencia sustancial que se puede encontrar entre el derecho positivo y el derecho natural o consuetudinario (de las costumbres) es la capacidad de transformación.

El derecho escrito, o sea el derecho positivo se cambia, se transforma, muta de acuerdo a las circunstancias del Estado, mientras que el derecho natural, es intrínseco al ser humano, dado de forma natural, por lo que es constante y está presente en todas las personas. Plantea una universalidad de derechos que están por encima de los dictámenes del Estado.

El debate entre el iuspositivismo y el iusnaturalismo es una distinción fundamental en la filosofía del derecho y se refiere a dos enfoques teóricos diferentes sobre el fundamento y la naturaleza del derecho. A continuación, se presentan los conceptos básicos del iuspositivismo y el iusnaturalismo:

Iuspositivismo:

El iuspositivismo es una corriente filosófica y jurídica que sostiene que el derecho positivo es la única fuente legítima y vinculante del derecho. Según el iuspositivismo, el derecho se deriva de la voluntad de la autoridad competente, como el Estado, y su validez no depende de consideraciones morales o éticas.

Características del iuspositivismo:

  1. Separación entre derecho y moral: El iuspositivismo defiende la separación entre el derecho y la moral, argumentando que la validez de una norma jurídica no se basa en su contenido moral, sino en su origen y aceptación dentro del sistema legal establecido.
  2. Normativismo legal: El iuspositivismo se centra en el estudio y análisis de las normas jurídicas existentes en un sistema legal determinado. Los juristas iuspositivistas se enfocan en describir y explicar cómo se crean, promulgan y aplican las normas dentro de una sociedad.
  3. Primacía del derecho positivo: Según el iuspositivismo, el derecho positivo tiene primacía sobre cualquier otro tipo de normas o principios. La existencia y validez del derecho dependen exclusivamente de su reconocimiento y aceptación por parte de las autoridades legales competentes.

Iusnaturalismo:

El iusnaturalismo es una corriente filosófica y jurídica que sostiene que existen principios morales o éticos superiores y universales que son la base del derecho. Según el iusnaturalismo, el derecho positivo debe estar en consonancia con esos principios morales y, en caso de conflicto, se deben seguir los principios del derecho natural.

Características del iusnaturalismo:

  1. Fundamento en principios morales: El iusnaturalismo sostiene que el derecho deriva de principios morales objetivos y universales que son inherentes a la naturaleza humana. Estos principios son considerados superiores a las normas creadas por los seres humanos.
  2. Derechos fundamentales y universales: El iusnaturalismo enfatiza la existencia de derechos fundamentales inherentes a la condición humana, como la vida, la libertad y la propiedad. Estos derechos se consideran inalienables y no dependen de la voluntad de las autoridades.
  3. Crítica al positivismo legal: El iusnaturalismo critica la idea de que la validez del derecho se derive únicamente de su origen y aceptación dentro de un sistema legal establecido. Argumenta que el derecho positivo puede ser injusto o inmoral si no está en consonancia con los principios del derecho natural.

Es importante destacar que el debate entre el iuspositivismo y el iusnaturalismo es complejo y ha generado diversas corrientes y enfoques dentro de la filosofía del derecho. Muchos juristas y filósofos adoptan posiciones intermedias o combinan elementos de ambos enfoques en su estudio y análisis del derecho.