Diferencias entre el Derecho privado y el Derecho público


Diferencias entre el Derecho privado y el Derecho público

El derecho privado y el derecho público son dos ramas del derecho que se diferencian en cuanto a los sujetos involucrados, las relaciones reguladas y los objetivos perseguidos.

Aquí hay algunas diferencias clave entre el derecho privado y el derecho público:

  1. Sujetos involucrados:
  • Derecho privado: Se aplica a las relaciones jurídicas entre particulares, es decir, entre personas físicas o jurídicas en su calidad de individuos privados. Las partes involucradas son entidades privadas y no el Estado.
  • Derecho público: Se refiere a las relaciones entre los individuos y el Estado. Las partes involucradas son el Estado y los ciudadanos, organizaciones públicas y entidades gubernamentales.
  1. Regulación de relaciones:
  • Derecho privado: Regula las relaciones jurídicas de carácter privado, como las relaciones contractuales, de propiedad, familiares, comerciales, laborales y sucesorias, entre otras.
  • Derecho público: Regula las relaciones de carácter público y las actividades del Estado en relación con los ciudadanos y otras entidades públicas. Incluye el derecho constitucional, el derecho administrativo, el derecho penal, el derecho fiscal y el derecho internacional público, entre otros.
  1. Objetivos perseguidos:
  • Derecho privado: Se centra en la protección de los intereses y derechos de las partes involucradas en las relaciones privadas. Busca la autonomía de la voluntad, la protección de la propiedad, el cumplimiento de los contratos y la solución de conflictos entre particulares.
  • Derecho público: Tiene como objetivo principal la regulación del poder y las funciones del Estado para garantizar el bienestar general y el interés público. Busca proteger los derechos fundamentales de los ciudadanos, mantener el orden público, promover la justicia social y proporcionar servicios públicos.
  1. Normativa aplicable:
  • Derecho privado: Se rige principalmente por las normas del código civil, el código de comercio y otras leyes civiles y comerciales específicas de cada jurisdicción.
  • Derecho público: Se basa en la Constitución, las leyes y regulaciones administrativas, así como los tratados internacionales y las normas de derecho internacional público.

Es importante destacar que estas diferencias son generales y pueden variar en cada jurisdicción. Además, hay áreas del derecho que pueden tener características mixtas, donde se combinan elementos del derecho privado y público, como el derecho laboral, que tiene una base privada pero también se encuentra regulado por normas laborales y de seguridad social establecidas por el Estado.

La diferencia primordial que existe entre el Derecho privado y el Derecho público tiene que ver con la presencia del Estado. Las acciones que tienen relación con el Estado y con la Administración Pública, se refieren al Derecho público, mientras que los asuntos en los que intervienen dos o más particulares, como los de índole personal o patrimonial de terceros, apuntan a ejemplos de Derecho privado.

En términos generales, las normas decretadas por el Derecho público son normas de subordinación, en tanto que vela por el cumplimiento de las leyes y de lo establecido en la Constitución. Por el contrario, las normas de derecho privado son normas de coordinación, puesto que sirven para regular las negociaciones entre dos personas iguales ante la ley, y así garantizar que ninguna de las partes ejerza acciones inadecuadas sobre la otra.

Las normas de Derecho privado tienden a favorecer los intereses particulares, sin embargo las del Derecho público estarían regidas por la obtención de algún interés público.

Desde el punto de vista de la patrimonialidad y derechos sobre el provecho defendido, el Derecho privado busca garantizar los derechos personales como los de la identidad, la personalidad y los derivados de la familia. Por su lado, el Derecho público impulsa normativas cuyo propósito es preservar los derechos patrimoniales como, impuestos, retribución de funcionarios y expropiaciones forzosas.

Existe la posibilidad de que el Estado actúe como un particular de Derecho privado, en la compra y venta de servicios y bienes (derecho civil) o en negociaciones con otros Estados o con particulares a nivel internacional, entre otros. En estos casos, el Estado se somete a los términos de autonomía, de voluntad y de igualdad ante la ley, como cualquier otro particular.