Artículo 143 del Código Civil


Artículo 143 del Código Civil

Están obligados recíprocamente a darse alimentos en toda la extensión que señala el artículo precedente:

1.° Los cónyuges.

2.° Los ascendientes y descendientes.

Los hermanos sólo se deben los auxilios necesarios para la vida, cuando los necesiten por cualquier causa que no sea imputable al alimentista, y se extenderán en su caso a los que precisen para su educación.

Se modifica por el art. 4 de la Ley 11/1981, de 13 de mayo. Ref. BOE-A-1981-11198.


Explicación del artículo 143 del Código Civil

El artículo 143 del Código Civil establece las obligaciones de dar alimentos entre determinadas personas:

  1. Obligación de darse alimentos entre cónyuges: Los cónyuges están obligados recíprocamente a darse alimentos en toda la extensión señalada en el artículo 142 del Código Civil. Esto significa que los esposos tienen la responsabilidad de proporcionarse los medios necesarios para su sustento, habitación, vestido y asistencia médica.
  2. Obligación de darse alimentos entre ascendientes y descendientes: Los ascendientes (padres, abuelos, etc.) y los descendientes (hijos, nietos, etc.) también están obligados recíprocamente a darse alimentos según lo establecido en el artículo 142 del Código Civil. Es decir, los padres tienen la obligación de proporcionar alimentos a sus hijos y viceversa, en la medida necesaria para su sustento y bienestar.
  3. Obligación entre hermanos: Los hermanos también tienen una obligación de darse alimentos, pero esta obligación es más limitada. Solo se deben los auxilios necesarios para la vida cuando los necesiten por causas que no sean imputables al beneficiario (el hermano que recibe los alimentos). Además, en caso de que los hermanos necesiten ayuda para su educación, también se extenderán los alimentos en la medida necesaria para este fin.

Es importante tener en cuenta que el artículo 143 del Código Civil ha sido objeto de modificaciones, por lo que para obtener información más detallada sobre las modificaciones realizadas y el alcance preciso de este artículo en la legislación actual, se debe consultar el Código Civil junto con la ley de modificación mencionada y otras normativas aplicables en el país correspondiente.