Artículo 155 del Código Civil


Artículo 155 del Código Civil

Los hijos deben:

1.° Obedecer a sus padres mientras permanezcan bajo su potestad, y respetarles siempre.

2.° Contribuir equitativamente, según sus posibilidades, al levantamiento de las cargas de la familia mientras convivan con ella.

Se modifica por el art. 2 de la Ley 11/1981, de 13 de mayo. Ref. BOE-A-1981-11198.


Explicación del artículo 155 del Código Civil

El artículo 155 del Código Civil establece los deberes que tienen los hijos hacia sus padres mientras permanecen bajo su patria potestad. A continuación, se presenta un resumen de los puntos principales del artículo:

  1. Los hijos deben obedecer a sus padres mientras permanezcan bajo su patria potestad y, en general, respetarles en todo momento.
  2. También tienen la obligación de contribuir equitativamente, según sus posibilidades, al levantamiento de las cargas de la familia mientras convivan con ella. Esto implica que los hijos deben colaborar en el cumplimiento de las responsabilidades familiares y ayudar en la medida de lo posible en las tareas y gastos del hogar.

Es importante tener en cuenta que el artículo ha sido objeto de modificación mediante la Ley 11/1981, de 13 de mayo.