Artículo 121 de la Constitución Española


Artículo 121 de la Constitución Española

Los daños causados por error judicial, así como los que sean consecuencia del funcionamiento anormal de la Administración de Justicia, darán derecho a una indemnización a cargo del Estado, conforme a la ley.


Explicación del artículo 121 de la Constitución Española

El artículo 121 de la Constitución Española establece lo siguiente:

«Los daños causados por error judicial, así como los que sean consecuencia del funcionamiento anormal de la Administración de Justicia, darán derecho a una indemnización a cargo del Estado, conforme a la ley.»

En este artículo se establece que aquellos daños causados como resultado de un error judicial, así como los que surjan por el funcionamiento anormal de la Administración de Justicia, darán derecho a recibir una indemnización por parte del Estado. Esta indemnización se otorgará de acuerdo con lo establecido en la ley.

Esto implica que si una persona sufre daños o perjuicios debido a un error cometido por un juez o tribunal, o como consecuencia del funcionamiento inadecuado o anormal del sistema judicial, tiene derecho a recibir una compensación económica. La responsabilidad de indemnizar recae en el Estado, que asume la responsabilidad por los errores y fallos en el funcionamiento de la justicia.

Es importante destacar que la ley establecerá los procedimientos y criterios para determinar la responsabilidad y calcular la indemnización correspondiente en cada caso particular.

En resumen, el artículo 121 de la Constitución Española establece que aquellos que sufran daños como resultado de un error judicial o del funcionamiento anormal de la Administración de Justicia tienen derecho a recibir una indemnización a cargo del Estado, de acuerdo con la ley. Esto tiene como objetivo compensar los perjuicios sufridos y garantizar la responsabilidad del Estado en caso de errores o fallos en el sistema judicial.