Artículo 121 de la Constitución Española
Los daños causados por error judicial, así como los que sean consecuencia del funcionamiento anormal de la Administración de Justicia, darán derecho a una indemnización a cargo del Estado, conforme a la ley.
Explicación del artículo 121 de la Constitución Española
El artículo 121 de la Constitución Española establece lo siguiente:
«Los daños causados por error judicial, así como los que sean consecuencia del funcionamiento anormal de la Administración de Justicia, darán derecho a una indemnización a cargo del Estado, conforme a la ley.»
En este artículo se establece que aquellos daños causados como resultado de un error judicial, así como los que surjan por el funcionamiento anormal de la Administración de Justicia, darán derecho a recibir una indemnización por parte del Estado. Esta indemnización se otorgará de acuerdo con lo establecido en la ley.
Esto implica que si una persona sufre daños o perjuicios debido a un error cometido por un juez o tribunal, o como consecuencia del funcionamiento inadecuado o anormal del sistema judicial, tiene derecho a recibir una compensación económica. La responsabilidad de indemnizar recae en el Estado, que asume la responsabilidad por los errores y fallos en el funcionamiento de la justicia.
Es importante destacar que la ley establecerá los procedimientos y criterios para determinar la responsabilidad y calcular la indemnización correspondiente en cada caso particular.
En resumen, el artículo 121 de la Constitución Española establece que aquellos que sufran daños como resultado de un error judicial o del funcionamiento anormal de la Administración de Justicia tienen derecho a recibir una indemnización a cargo del Estado, de acuerdo con la ley. Esto tiene como objetivo compensar los perjuicios sufridos y garantizar la responsabilidad del Estado en caso de errores o fallos en el sistema judicial.