Artículo 13 del Código Civil


Artículo 13 del Código Civil

1. Las disposiciones de este título preliminar, en cuanto determinan los efectos de las leyes y las reglas generales para su aplicación, así como las del título IV del libro I, con excepción de las normas de este último relativas al régimen económico matrimonial, tendrán aplicación general y directa en toda España.

2. En lo demás, y con pleno respeto a los derechos especiales o forales de las provincias o territorios en que están vigentes, regirá el Código Civil como derecho supletorio, en defecto del que lo sea en cada una de aquéllas según sus normas especiales.

Se modifica por el Decreto 1836/1974, de 31 de mayo. Ref. BOE-A-1974-1083.


Explicación del artículo 13 del Código Civil

El Artículo 13 del Código Civil de España establece las reglas sobre la aplicación territorial del Código Civil y su relación con las normas especiales o forales de las diferentes provincias o territorios en el país. A continuación, se explican sus apartados:

  1. Aplicación general y directa de ciertas disposiciones: El artículo señala que las disposiciones del Título Preliminar del Código Civil, que tratan sobre los efectos de las leyes y las reglas generales para su aplicación, así como las del Título IV del Libro I (excepto las normas relativas al régimen económico matrimonial), tendrán aplicación general y directa en toda España. Esto significa que estas disposiciones se aplicarán uniformemente en todo el territorio nacional, sin importar la existencia de normas especiales en provincias o territorios particulares.
  2. Código Civil como derecho supletorio: En el resto de los casos y siempre respetando los derechos especiales o forales de las provincias o territorios donde estén vigentes, el Código Civil funcionará como derecho supletorio. Es decir, si en una provincia o territorio existen normas especiales o forales que regulen ciertas materias, esas normas serán aplicables en primera instancia. Solo en caso de que esas normas especiales no contengan una regulación específica o ante su ausencia, el Código Civil será aplicado como una normativa suplementaria para resolver la cuestión legal.

Esta disposición reconoce la existencia de diferentes normas especiales o forales en algunas regiones de España, debido a su historia y tradiciones jurídicas particulares. El Código Civil se aplica como una normativa común para todo el país, pero en determinados casos se cede la primacía a las normas específicas de las provincias o territorios que tienen autonomía legislativa en ciertas materias.

En resumen, el Artículo 13 del Código Civil establece que ciertas disposiciones del Código tienen aplicación general en toda España, mientras que en el resto de los casos, el Código Civil actuará como derecho supletorio, cediendo ante las normas especiales o forales de las provincias o territorios que tengan competencias legislativas específicas.